martes, 29 de diciembre de 2015

RENUNCIAR HERENCIA LIQUIDADA O DECLARADA

PARQUE NATURAL A BAROSA (Barro/Galicia)
¿El cumplimiento de las obligaciones tributarias implica Aceptación de Herencia? O, dicho de otro modo ¿de puede Renunciar después de liquidado el Impuesto de Sucesiones? Por otra parte ¿se puede renunciar una herencia después de instada la Declaración de Herederos Abintestato?

lunes, 28 de diciembre de 2015

LAS SUCESIONES GRATUITAS DEL 2016 FRENTE AL CÁOS POLÍTICO

LAGOA BODEIRA (O GROVE).-No filter

¡Entramos en  el Reino Evangélico! Jesucristo dijo (Mateo 19.21): "Si quieres ser perfecto, deja todo lo que tienes y dalo a los pobres". Estos días peregrinan por los despachos profesionales muchos padres a los que ha entrado un súbdito deseo de cumplir el precepto Evangélico... con una ligera variante: "Si quieres ser perfecto, deja todo lo que tienes y dalo a los pobres... hijos". El caos alumbrado por las pasadas elecciones les ha persuadido de que, si los nuevos soviets van a repartir su propiedad entre los necesitados, siempre será mejor un necesitado conocido que uno al que no conozcas de nada ¿non sí?

lunes, 21 de diciembre de 2015

ELECCIONES GENERALES 2015: EL SALTO


no-filter

Creo que nos hemos sorprendido a nosotros mismos con ese fantástico resultado que hemos alumbrado. La dicotomía izquierda-derecha que llevábamos en mente ha saltado por los aires, nadie sabe como ha sido. En su lugar se instala otra dialéctica: integración-desintegración nacional. El PSOE, en lo alto del puente, debe saltar a uno u otro lado. Por un lado las consultas soberanistas: Cataluña y País Vasco, luego Canarias, Baleares, Valencia… ¿nosotros? En este salto puede toparse con la Presidencia, también la disgregación del propio partido. Al otro ¿qué? La colaboración con rivales hacia los que ha sembrado el odio, Ciudadanos, no tanto, pero necesariamente también el PP. Particularmente patético ha sido el voto naranja; inane excepto en cuanto a debilitar y casi arruinar aquello que constituía su "leit motiv": La unidad nacional. Rascando bajo la capa de juventud, sonrisa profidén y dialéctica no había más que gas y la sobreexposición de la campaña acabó pinchando el globo que tan alegremente hincharon cadenas como la Sexta. Creo que podrían enjugar la absurdidad de su papel electoral (desde el punto de vista de sus votantes: compárese la mayoría absoluta del Senado) con la participación activa en un Gobierno de unidad.

Mi propuesta, que no mi pronóstico. Gobierno de concentración de los tres partidos unionistas: PP, PSOE y Ciudadanos. La Presidencia correspondería al más votado, pero el cainismo no debe ser obstáculo: podría ser presidente cualquier magistrado de prestigio como Pacual Sala (aunque no sea diputado) o incluso un personaje relevante del PSOE, como Felipe o Solana.


Pero en mi caletre danzan las mismas ideas que en el tuyo, lector.   

miércoles, 16 de diciembre de 2015

¿ES APLICABLE EN GALICIA EL ART. 28 DE LA LEY HIPOTECARIA?

SANXENXO

            Según el 28 LH: “Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años de la fecha de la muerte del causante. Exceptúanse las inscripciones por título de herencia testada o intestada, mejora o legado en favor de herederos forzosos”.

jueves, 10 de diciembre de 2015

PARTIJAS EXTRAJUDICIALES EN DESACUERDO ¿A LA ESPAÑOLA O A LA GALLEGA?


            Según.
            A partir del 23 de julio de 2015 las partijas judiciales del 1057CC también son extrajudiciales (se pueden tramitar ante notario) por lo que, caso de herencias en desacuerdo, los gallegos tenemos dos opciones de arreglar extrajudicialmente nuestros desacuerdos:
            —O “a la española” (arts. 1057 CC y 66 y 50 Ley Notariado);
            —O “a la gallega” (arts. 294 al 308 Ley de Galicia).

viernes, 27 de noviembre de 2015

NUEVA LEI DO SOLO

            El Boletín Oficial del Parlamento de Galicia publica el Proyecto de Lei do Solo de Galicia, que calculo entrará en vigor en un par de meses (salvo sublevación de los diputados populares). Aunque aparecen otras cosillas (como la supresión de la franja de 200 metros de Costas, que pasa a ser variable, aunque mínima de 100 y la elaboración por la Xunta de Planes para Ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes), me centraré en lo realmente apasionante, como es el construir en suelo rústico.
            Los preceptos más llamativos son:
            —Edificaciones anteriores a 1975.-Se consideran “tradicionales” y pueden rehabilitarse incrementando su volumen hasta un 50% (hasta ahora, era el 10%), siempre que se respete la altura y tipología existente, pudiendo dedicarse a actividades artesanales. A este respecto será importante el apartado “año” de la Certificación Catastral.  Los lindes de los núcleos tradicionales los marcarán elementos físicos, como ríos, carreteras, barrancos, etc., y no los 50 metros alrededor, como hasta ahora.

            —Nueva construcción en suelo rústico: Puedes construir nuevas viviendas vinculadas a explotaciones agroalimentarias, construcciones dotacionales y/o turísticas. Pero la superficie de parcela será como mínimo de 2.000 metros; la altura máxima de 7 metros (se duplica); la construcción ocupará como máximo un 20% del terreno y se mantendrá en estado natural como mínimo el 50% de la parcela. El volumen máximo edificado será similar al de las edificaciones existentes.

            —También se tratan cosas como el “impacto visual”, pero por suerte no dice nada de utilizar el somier viejo como cancilla ni la bañera como abrevadero para el ganado.  


viernes, 20 de noviembre de 2015

LAS RE-BODAS

ILLA DE SÁLVORA

Las bodas re-celebradas (aquellas en que los mismos se casan, se divorcian y se vuelven a casar) sueñen llevar aparejada una problemática especial derivada de existir, no solo ya una experiencia previa, sino también una liquidación patrimonial conclusa, que quizás no se quiera poner patas arriba. Por otra parte, en la experiencia de Jacques, es frecuente que la motivación de la pareja para volver sea tan solo el amor o el deseo de compañía, pero que se deseen excluir los efectos económicos, por haberse acostumbrado manejarse independientemente.

martes, 17 de noviembre de 2015

LE PETIT PETAIN


Adoro a Francia, con abuelo Leloup ¿cómo no la iba a querer? Pero no a todos los franceses. En cuanto el miedo asoma, enseguida surgen unos cuantos lachês dispuesto a arrojarse en brazos del Petainismo. Esos cientos de registros sin orden judicial (¿son yijadistas los jueces?); ese estado de excepción prorrogable indefinidamente, no es más que fascismo puro y duro. Hollande el hombre sin atributos, parece dispuesto a adoptar la ideología de Le Pen. ¡Pauvre France!

miércoles, 11 de noviembre de 2015

DEDUCCIÓN EN IRPF DE LA PENSIÓN DE DIVORCIO NOTARIAL


El divorcio ante notario ha representado la novedad más popular de la nueva Ley de la Jurisdicción Voluntaria. Su rapidez, casi instantánea, y el ahorro de costes, son din duda las bases de su éxito. Creo que por ello merece la pena repasar el peculiar método seguido para la adaptación de la antigua a la nueva legislación, particularmente en el aspecto fiscal. Me fijaré en la REDUCCIÓN EN EL IRPF DE LAS PENSIONES COMPENSATORIAS Y LAS ANUALIDADES POR ALIMENTOS.

martes, 10 de noviembre de 2015

CATALUÑA, CLARO


            Hoy tenía idea de meterme con las modificaciones de los testamentos acordes con la nueva normativa fiscal de Galicia. Pero eso sería de cobardes. Lo de Cataluña, con la consiguiente voladura a la yugoslava de España (luego vendrán Euskadi, Canarias, Baleares, Navarra, Valencia, etc…) implica la abolición del Estado del Bienestar, tal como lo entendemos ahora. La Sanidad, las Pensiones, la Educación, el subsidio de Paro, etc. etc. de los gallegos pasarán a tener, en el mejor de los casos, un nivel portugués. Eso implicaría el mayor cambio en la vida de los gallegos, excepto de la aquellos que vivieron el aura de fuego del 36.

miércoles, 4 de noviembre de 2015

¿COMO CASARSE? ¿CUANTO SE TARDA? ¿CUANTO CUESTA?


La boda ante notario de Cristina Pedroche y David Muñoz ha vuelto a multiplicar las preguntas sobre la mejor forma de casarse. Como este es un tema agradable ¿por qué no reincidir en él?

martes, 3 de noviembre de 2015

GEO... ¿QUÉ?


Las edificaciones gallegas son como barcas en un medio líquido, que unas veces están aquí, otras allá, normalmente con tendencia a la expansión. Para que se estén quietas, el gobierno ha tomado cartas en el asunto. A partir de ya, para la creación de fincas que sirva de base a  las ventas, hipotecas, donaciones, etc., tiene que constar la GEORREFERENCIA de las propiedades, casas, garajes, etc.; es decir, su ubicación en el globo terrestre mediante las coordenadas geográficas de sus vértices. Para ello, el notario deberá abrir un archivo adjunto cuando obtenga la certificación catastral por vía electrónica. 
 Lo que pasa es que hace falta un programa asociado y, cuando preguntas por él, la repuesta que escuchas, es: Geo... ¿qué?
No por mucho madrugar...

viernes, 30 de octubre de 2015

LA SEMANA QUE VIENE CAMBIA EL RÉGIMEN DE LA PROPIEDAD






La semana que viene cambia el régimen de la propiedad en España por efecto de la entrada en vigor de la Ley 13/2015. Los cambios más destacados, son:

CULPABLES LOS PADRES DE ASUNTA



El jurado ha decidido la culpabilidad de ambos padres. De acuerdo en cuanto a la madre; por lo que hace al padre, tal vez hubiera librado con un juez profesional, puesto que la prueba era inexistente y hubo que recurrir al paternalismo del presidente: "...recuerden, jurados, que los indicios también son pruebas..." Veremos lo que pasa en los recursos, pero la investigación ha sido manifiestamente mejorable. Ignoramos el móvil, el arma homicida (¿papel de los polvitos blancos?) y hasta la presencia o no de los condenados en la escena del crimen. Continuará... por desgracia para la Justicia. 

lunes, 26 de octubre de 2015

BODAS DE TRES ¿POSIBLES EN GALICIA?


            En Brasil ya se llevan celebradas dos “bodas de tres”. La primera, va a hacer más de tres años, había sido celebrada entre un hombre y dos mujeres ante la notaria de Tupa (Sao Paulo) doña Claudia Domíngues. Hoy sabemos de una nueva boda “poliafectiva” celebrada esta vez entres tres mujeres (una dentista, una empresaria y una gerente), ante la notaria de Río de Janeiro, doña Fernanda Freitas de Leitao. Recordemos que en Sudamérica las bodas se suelen celebrar ante notario, como ahora en España. Por lo que sabemos, en el contrato matrimonial se pactó el régimen de separación de bienes, la tutela y decisión recíproca sobre intervenciones médicas y la maternidad (por inseminación) a cargo de la empresaria, si bien la criatura llevará los apellidos de las tres.

NUEVA FISCALIDAD SUCESIONES Y TRASMISIONES: LA XUNTA PRECISA


A)    ADQUISICIONES POR CAUSA DE MUERTE Y SEGUROS DE VIDA:

a)      REDUCCIONES POR PARENTESCO:

—Descendientes menores 21 años: 1.000.000 euros (y 100.000 más cada uno menos de los 21)+99% cuota.
—Descendientes menores de 25 años: 900.000 euros (100.000 menos por cada año mayor de 21).
Descendientes, ascendientes y cónyuges en general: 400.000 euros.
—Hermanos, sobrinos, suegros, yernos y nueras: 8.000 euros.

martes, 20 de octubre de 2015

EXENTA DE IMPUESTOS LA VENTA DE FINCAS

MEJOR SANXENXO QUE MALLORCA, MAJESTAD

A partir del 1 de enero del 2016 dejarán de estar sujeta al impuesto del 10% la venta de fincas en Galicia, quedando, al parecer, completamente exenta. Así resulta del llamado por el Presidente Feijóo “PLAN DE IMPUESTOS CERO EN EL RURAL” aprobado ayer y que formará parte de los Presupuestos que se aplicarán a partir del 2016. En esencia, el plan consiste en lo siguiente:

jueves, 15 de octubre de 2015

EXENTOS 400.000 EN SUCESIONES. LOS HERMANOS PARECE QUE NO

LA CIUDAD DE LA SANGRE, de Jacques Millot (click: gratis total)

    

       Tras una lectura en original del Diario de Sesiones del Parlamento Gallego, Jacques cree que algunas cuestiones van aclarándose. Según la transcripción de dicho Diario, esto es lo que Feijóo dijo ante la Cámara:
            "E, igualmente, o 99% dos galegos non pagarán o imposto de sucesións e doazons cando herden como fillos, pais, avos, netos ou cónxuxes. E o 1% restante pagará menos. Isto e así porque, en herdanzas de este tipo, quedarán exentos de este imposto os primeiros 400.000 euros. E só se tributará a partir de esa cifra".

          PREGUNTAS:

miércoles, 14 de octubre de 2015

¡SE ACABÓ EL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES!

            El Presidente Feijóo acaba de anunciar que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se ha terminado para el 99% de los gallegos y que, para el 1% restante, se reduce a fondo. La nueva fiscalidad se aplica a Herencias, Pactos Sucesorios y Donaciones.
            Las novedades a partir de 1 de enero del 2016 son (para el tramo de ascendientes, descendientes, esposos y emparejados, en otros casos, consultar:)

domingo, 11 de octubre de 2015

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: GEORREFERENCIA (glups)


COLECCIÓN LÍQUIDOS&LIQUIDADOS: SOPA DE SESOS

Como el tema aun está pendiente de un Diktat conjunto "Dirección General de los Registros(sic)-Dirección General del Catastro", Jacques se limitará a unas pinceladas sobre la incidencia presumible de las disposiciones geográficas de la Ley 13/2015 sobre el Derecho de Galicia.

viernes, 9 de octubre de 2015

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: DECLARACIÓN DE EDIFICACIONES

COLECCIÓN LÍQUIDOS&LIQUIDADOS: UNA GOTA DE CHANEL (click aquí)

El nuevo art. 202 de la LH (que entra en vigor el 01/11/2015) mantiene la dicotomía tradicional para declarar edificios de, o escritura independiente de “Declaración de Obra Nueva”, o aprovechamiento de otro “Título referente al inmueble”, con los consabidos añadidos de la “Licencia”, “Certificación Técnica”, “Seguro Decenal” y la  “Primera Ocupación”.
Las novedades a partir de 1 de noviembre, son:

jueves, 8 de octubre de 2015

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: EL "ENGORDE" DE LAS FINCAS

El art. 201 de la ley 13/2015 que entra en vigor el 1 de Noviembre próximo, trata de la rectificación de la "descripción, superficie y linderos de las fincas". Es de suponer que su aspecto más conflictivo serán los excesos de cabida, pues es un hecho universalmente admitido que en Galicia las fincas no suelen menguar. Como advertencia previa, hay que señalar que este procedimiento no es aplicable al aumento de edificaciones, a la concentración parcelaria o a las reparcelaciones urbanísticas (que siguen normativa especiales). Y que no hace falta recurrir a él para cambiar el nombre y nº de la calle al compás de los gustos municipales. Por ejemplo, de calle del Generalísimo a avenida Txipras. Dicho lo cual, vamos al análisis de los diversos supuestos que prevé el art. 201 LH:

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: INMATRICULACIÓN POR DOBLE TÍTULO

IL BRAGUETTONE: LA VERDADERA HISTORIA DEL JUICIO DE LA SIXTINA (Click aquí)

Este es el otro de los dos métodos básicos de registración que subsisten, al haber desaparecido el tercero, el Acta de Notoriedad (desaparecerá el 1/11/2015 por efecto de la Ley 13/2015). Consiste en adquirir por título público de quien adquirió por título público (Venta, Herencia, Pacto Sucesorio, Auto de Divorcio, etc.). Es la auténtica navaja suiza, el procedimiento multiusos del sistema gallego, por lo que habrá que pararse en las diferencias que entran en vigor el 1 de Noviembre. Se regula en el art. 205 de la nueva LH.

miércoles, 7 de octubre de 2015

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: EL NUEVO EXPEDIENTE DE DOMINIO


O BOTAFUMEIRO DE OURO (CLIC AQUÍ)

A partir del 1 de noviembre próximo el Expediente de Dominio pasa de los Juzgados a las Notarías, al entrar en vigor la ley 13/2015. Las novedades merecen ser estudiadas con calma porque este es el Expediente mediante el cual las propiedades se registran fehacientemente a favor de sus dueños: no olvidemos que Galicia es el territorio de las fincas sin registrar pero que es preciso inscribir urgentemente para que el Banco te dé el préstamo. Vamos, pues, con el nuevo artículo 203LH:

martes, 29 de septiembre de 2015

¡MI EX-CÓNYUGE NO DEJA ENTRAR AL TASADOR!


A partir de la Ley 1/2013 se hizo obligatorio acompañar una Tasación a las escrituras de Hipoteca (para comprobar que el “tipo de subasta” es al menos el 75% de la “Tasación de Mercado Hipotecario”). Con frecuencia se da el caso de que el divorciado (suele ser el señor) necesita sacar una hipoteca (para garantizar deudas de Hacienda, de la Seguridad Social, lo que sea) y que su “ex” (suele ser la señora), a la que el Juez le ha concedido el uso de la finca, le niega el paso al tasador.
¿Qué se puede hacer?

miércoles, 16 de septiembre de 2015

EL TESTAMENTERO ES UN PASOTA ¿QUE HAGO?



Una de las prácticas más queridas de esta sociedad de viejos que somos los gallegos es nombrar heredero "A QUIEN ME CUIDE" o "A MENGANO CON LA CONDICIÓN DE QUE ME CUIDE". Según nuestra ley, será EL TESTAMENTERO (una persona o institución nombrada por el testador) el que determine, en el primer caso, quien ha sido el cuidador y por tanto el heredero; en el segundo, si se cumplió o no la condición de "cuidados".

lunes, 14 de septiembre de 2015

ACUMULACIÓN DE EXENCIONES POR PACTOS SUCESORIOS

      
      Los gallegos aspiramos a nos salga gratis la sucesión de bienes a los hijos, sea en vida (pacto Sucesorio) o sea en muerte (R.I.P.). Pero aquí "no es como en Madrid" y solo hay 125.000 euros exentos por cada padre (250.000 por los dos) para cada hijo. Por ejemplo, sería gratuita la sucesión en un piso de 245.000 euros de los dos padres, ya fuera por "sucesión en vida" (pactos Sucesorios de Mejora y/o Apartación), ya por "sucesión en muerte" (más R.I.P.)
      Pero he aquí que alguien descubrió que si bien "solo se muere una vez" (excepto los cobardes), lo que es pactos sucesorios, pueden hacerse infinitos, con lo que, a base de aplicar 125.000 euros (o 250.000) a cada uno, podrían transmitirse millones con tal de no hacerlo todo en el mismo Pacto. Sería algo así como "hacerse un Madrid" sin necesidad de ser madrileño.

jueves, 10 de septiembre de 2015

ESTO ES LA LECHE


Innecesario es encomiar la importancia de la leche: sin ella, el desierto verde gallego es un simple asilo extendido de ancianos, carísimo de mantener.

martes, 8 de septiembre de 2015

ADVERACIÓN NOTARIAL DEL OLÓGRAFO


La Ley de la Jusrisdicción Voluntaria ha encomendado a los Notarios la adveración de los testamentos ológrafos. Hasta ahí, nada de particular; están más que acostumbrados a determinar la certeza de hechos por notoriedad: desde la declaración de herederos abintestato hasta los excesos de cabida de las fincas. La teoría, en principio, es fácil: el testamento ológrafo es el fechado, manuscrito y firmado que se guarda en casa y solo se lleva al notario después de la muerte, una vez adverado. Por eso vamos a centrarnos en los puntos más sensibles:

miércoles, 2 de septiembre de 2015

lunes, 31 de agosto de 2015

¿SE PUEDE DISPONER POR TESTAMENTO DE LOS BIENES AJENOS?

   
     

     ¿Puedo dejar por testamento a un hijo bienes que sean propiedad de otro hijo? ¿Aunque yo no tenga ni una pizca de propiedad en ellos? ¿Puedo disponer por entero de bienes gananciales, es decir de bienes míos y de mi difunta mujer adquiridos constante matrimonio? ¿Sin permiso ni conocimiento de los hijos? 
RESPUESTA: Sí.

Y... ¿como?

sábado, 29 de agosto de 2015

ENTREVISTA INVENTADA CON EL VAMPIRO

ILLA DE AROUSA DESDE CASTROVE

--Vampiro, vampiro ¿porque no te esfuerzas más en combatir esa imagen de vampiro? Aquí dice que no has leído un libro en tu vida (cuando te he visto sentadas de doce horas de lectura); allí, que debes todo a ser hijo de familia rica (cuando lo eres de un funcionario que, como los maestros, cobraba menos que cualquier obrero); acullá, que gozas de nosequé sinecura (cuando renunciaste voluntariamente a diferencia de tus acusadores, que esperaron a que se prohibiera)...

jueves, 27 de agosto de 2015

NUEVOS "TIPOS DE BODAS"


VAMOS A INICIAR AQUÍ UNA CLASIFICACIÓN SOBRE "TIPOS DE BODAS"

1) BODAS EN ESTABLECIMIENTO HOSTELERO:

(NOTICIA TOMADA DEL DIARIO LA NUEVA ESPAÑA DE HOY)

Una pareja gijonesa estrena en el concejo las bodas ante notario
La posibilidad de sellar los enlaces sin funcionarios judiciales o ediles se basa en la nueva ley de Jurisdicción Voluntaria



Gijón acogerá mañana el primer acto civil donde un notario tramitará un expediente matrimonial, sin intervención alguna de funcionarios judiciales o concejales. Será, eso sí, fuera del despacho de la Notaría del Muelle a donde la pareja de gijoneses acudió para completar el trámite. La ceremonia civil, oficiada por el letrado José Clemente Vázquez López, se desarrollará en un establecimiento hostelero de Castiello donde el matrimonio sellará su enlace ante una treintena de invitados. No obstante, dicho trámite no implica una mayor premura en la firma de los votos matrimoniales pues es necesario iniciar previamente un expediente en el Registro Civil, un paso que la pareja ya ha superado. Fue en el propio Registro Civil donde conocieron que serían los primeros gijoneses que acuden a un notario para celebrar su matrimonio con plenas competencias.
Desde la entrada en vigor, el pasado mes de julio, de la ley de Jurisdicción Voluntaria los notarios han asumido nuevas funciones, entre ellas la de celebrar bodas, otorgar escritura pública de separación o divorcio, o formalizar un acto de conciliación.
El trámite, orientado a descongestionar la Administración de Justicia, no costará más que cualquier otro instrumento de carácter público como un poder, un testamento o una capitulación matrimonial. La novedad con los enlaces matrimoniales es que permite a los notarios unirse a un largo elenco de personas competentes, como el juez encargado del Registro Civil, los jueces de paz, alcaldes y concejales en quienes deleguen, así como secretarios judiciales y funcionarios diplomáticos y consulares que hasta ahora venían oficiando esos actos.
Junto a los contrayentes, suscriben la escritura de contrato matrimonial dos testigos. Con la misma formalidad los notarios ya venían interviniendo en la creación y en la regulación de las parejas de hecho. Su incorporación al grupo de funcionarios con plenas competencias en este ámbito permite extender las opciones de las parejas que deseen casarse.

COMENTARIO.-Jacques discrepa en eso de que no se ahorre tiempo, salvo que, una vez terminado el Expediente, el Juzgado o el Alcalde te señale fecha para el día siguiente o un par de ellos. En general, te señalan meses para la celebración, y esa es la principal ventaja de la boda ante notario, no la del restaurante. Venga, va, eso siempre que te importe un pimiento que te echen de casa, te embarguen por deudas de tu marido o tengas que pagar pensión a tu mujer. Si te importa, entonces la principal ventaja es que en las bodas notariales se suele prever todo eso estableciendo y eligiendo un régimen matrimonial, mientras que en las judiciales o municipales suelen pasar del tema (salvo que vayas "además" al notario). El coste de las bodas ante notario ronda los 90 euros y una colita de cigala.

2) BODAS EN MOTO:

(NOTICIA TOMADA DE EL FARO DE VIGO del 11/09/2015)

Una pareja de O Grove es la primera de la provincia que contrae matrimonio ante notario

No querían que los casara un cura ni un político -Celebraron la ceremonia en La Atlántida -Fue una boda atípica y divertida

11.09.2015 | 04:39
En el banquete hubo muchas sorpresas. // FDV
En el banquete hubo muchas sorpresas. // FDV

Los grovenses David Otero Mascato y Ángela Serra Garrido se convirtieron el pasado fin de semana en la primera pareja de la provincia que contrae matrimonio ante notario, de acuerdo con la nueva normativa que les da competencias para ello, la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
La ceremonia tuvo lugar el pasado fin de semana en la emblemática finca La Atlántida, un paraíso para los participantes en este tipo de banquetes, con vistas paisajísticas incomparables sobre A Lanzada y el océano.
David y Ángela estuvieron arropados por un buen número de familiares y amigos que se lo pasaron en grande, sobre todo porque durante el banquete "hubo muchas sorpresas, tanto para los invitados como para nosotros", relatan los dos grovenses.
"Fue una boda un poco atípica, no solo por ser ante notario, sino también por celebrarse un viernes, que viene muy bien para descansar durante todo el fin de semana", bromea Ángela Serra.
Para que su enlace se hiciera realidad actuó como maestro de ceremonias, y dicen que fue un espectáculo, el también grovense Jacobo Otero Garrido, mientras que el encargado de dar formalidad y oficialidad al enlace fue el notario Pablo Pazos Otero, titular de la única notaría existente en la villa meca.
Cuando se pregunta a Ángela Serra y David Otero por qué decidieron casarse ante notario responden que "fue una alternativa que nos gustó desde que empezamos a oir hablar de ella, y en cierto modo estuvimos esperando a que se aprobara la nueva ley para poder acogernos a ella".
Simplemente querían hacer algo diferente, y desde luego "no queríamos que nos casara un cura ni un político, por eso recurrimos al notario".
La Ley de Jurisdicción Voluntaria entró en vigor a mediados de julio para tratar de simplificar los trámites en los asuntos sin controversia, tratando de descargar la Administración de Justicia con la simplificación de los expedientes y la desjudicialización de algunos asuntos que ahora pueden ser tramitados por notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
Esa jurisdicción voluntaria es de aplicación en algunos asuntos del orden civil y mercantil, abriendo la posibilidad de que las bodas se celebren ante notario, aunque se pueden seguir haciendo en el Registro Civil y los Ayuntamientos.

(Titular alternativo: BODAS EN VIERNES)



martes, 25 de agosto de 2015

¿PIGNORACIÓN DEL DERECHO HEREDITARIO?


El derecho hereditario puede gravarse porque es enajenable; no hay problema en cuanto a embargos, hipotecas, etc. En cambio, no parece posible dar en prenda (pignorar) el derecho hereditario, puesto que aquella recae por definición sobre “COSAS” concretas y determinadas (1870CC), susceptibles de POSESIÓN (1864CC). Por el contrario, el Derecho Hereditario es una comunidad germánica que recae sobre una universalidad indeterminada de bienes y derechos sobre los que el titular carece del más mínimo derecho de propiedad. Es decir que no hay “objeto” susceptible de prenda, ya que al heredero puede que no le toque nada sobre cualquier bien determinado, concreto y por tanto, pignorable.
Pero doctores tienen la Iglesia


P.D.-Dicen que es el cambio climático. Este año se están pescando al curricán cosas muy raras en la Ría de Pontevedra. Atacan a la cucharilla tiburones, calamares ultra-rápidos y el novamás, bonitos. En una de estas nos cae Nessie… 

sábado, 22 de agosto de 2015

CALVARIOS BRETONES&GALLEGOS


En la Bretaña francesa, uno de los circuitos veraniegos te lleva a seguir la ruta de los enclos paroissiaux (enclaves parroquiales), una especie de espectáculos en piedra de cuando no existía You Tube. Sin duda suelen representar personajes religiosos; el Calvario no puede faltar; pero también todo tipo de personajes que "pasaban por allí" conformando una de las más deliciosas muestras de cultura popular.

miércoles, 5 de agosto de 2015

NOVIOS QUE OS VAIS A CASAR...


Desde el 23 de julio pasado los matrimonios civiles se celebran ante Secretario Judicial, Concejal-delegado o Notario. Estos últimos, que son los que Jacques conoce, se caracterizan, aparte de por la posibilidad de designar día y hora, por llevar aparejada como complemento lógico el otorgamiento de un “contrato matrimonial”. Estas (u otras, según los casos) serán algunas de sus cláusulas:

viernes, 31 de julio de 2015

NOVELAS KINDLE PARA UN VERANO AL ESTILO JACQUES

1ª) Si te va el humor peculiar jacquesmaníaco, esta:


Curaçao bleu: una propuesta de Recetario de Cocina para la carne humana. El uso adecuado de la sal, el ajo, los tomates y el pimiento.

jueves, 30 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: PALIACIÓN DE LA PÉRDIDA DE CHEQUES, LETRAS... O "A LA LAVADORA"





Este procedimiento tiene por objeto las medidas paliativas para el caso caso de pérdida de títulos-valor (cheques, pagarés, acciones...), ya sea por pérdida, robo o por que los metiste sin querer en la lavadora. Lo regula el art. 78 LN (el procedimiento, en substancia, puedes consultarlo aquí ).

miércoles, 29 de julio de 2015

LA MODA QUE NOS VIENE: SUCESIÓN "A LA EUROPEA"



Entre las novedades que lloverán sobre nosotros, humildes juristas, en las próximas semanas, quizás no sea la de menor importancia la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Sucesiones el próximo 17 de agosto. ¿Qué si tiene importancia?

viernes, 24 de julio de 2015

LA MODA QUE NOS VIENE: LA USUCAPIÓN

      Es sabido que Galicia es al país de los títulos inmemoriales, cuyas letras y papeles se han perdido en las nieblas de la historia. Ninguna escritura, ningún documento privado, nada. A veces, sí, existe un papel desmigajado, amarillento; pero nuestros ratones tienen la costumbre de paparse las líneas esenciales del contrato. Son listos, muy listos.

jueves, 23 de julio de 2015

YA ESTÁ EN VIGOR LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA


Hoy, 23 de julio de 2015, entra en vigor la Ley de la Jurisdicción Voluntaria. Aquí puedes consultar una lista de los procedimientos que puedes substanciar ante Notario en forma sumamente rápida y económica.

A DESTACAR QUE, CONTRARIAMENTE A LO QUE HA INFORMADO LA PRENSA, SÍ SE PUEDE UNO CASAR ANTE NOTARIO DESDE HOY MISMO. Dada la gran versatilidad de estos funcionarios, cabe solicitarles que solemnicen el matrimonio "estilo cura" o "estilo juez" (ver aquí los dos modelos de escritura). Jacques está barruntando la creación de una minuta "estilo concejal" que sin duda hará las delicias de sus lectores más administrativistas. La comunicará en cuanto sea alumbrada.
     Va, sin bromas. Esta modalidad de matrimonio será interesante para los que deseen casarse cuando les dé la gana, aunque sea mañana a las ocho de la tarde, y no cuando les ordene el señor juez o concejal. Por otra parte, los aranceles a día de hoy, son inferiores a la cuarta parte del que suelen aplicar los Ayuntamientos.


domingo, 19 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: EXPEDIENTE DE DOMINIO ANTE NOTARIO



Para inmatricular (registrar) una finca no registrada cabe recurrir: a) al Doble Título público, es decir adquirir por escritura o documento judicial de alguien que acredite haberla adquirido por el mismo método; b) adquirirla por título público completado por un Acta de Notoriedad ante notario; y c) adquirirla por Expediente de dominio, sin necesidad de título público. En los supuestos b) y c) te aplican Transmisiones (10% en Galicia) porque el fisco presupone que el Acta o el Expediente suplen la falta de un título. Hoy nos referiremos al Expediente de Dominio que, hasta ahora, se sustanciaba en el juzgado y, a partir del 01/11/2015, se tramitará ante notario. No es una reforma de la ley 15/2015-LJV, sino de la ley 13/2015; pero, como se superpone en el tiempo con los otros novedosos expedientes, vamos a traerla aquí.
El nuevo Expediente de Dominio se tramita así:

jueves, 16 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: LA CONVOCATORIA DE LA JUNTA INCONVOCADA


La LJV ha creado un procedimiento rápido para el caso de  que la Junta General de las Sociedades Anónima o Limitadas: a) no sea convocada en plazo; o b), los administradores no la convoquen a petición del 5% del capital: en ambos casos la Junta es convocada por el Registrador Mercantil del domicilio social; o c) muerte o cese de todos los administradores o mayoría del consejo (cabe la alternativa de acudir al Secretario Judicial). Nos centraremos en la modalidad extrajudicial, en particular en sus aspectos notariales y registrales. Empezaremos por el supuesto "b)", que requiere menos interpretación, y seguiremos por el "a)".

martes, 14 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: LA CONSIGNACIÓN



La consignación es la forma de hacer un pago cuya oferta rechaza el acreedor sin razón, o si está ausente, o incapacitado para el cobro, o varios disputan por el derecho al cobro, o se ha extraviado el título de la obligación. En todos estos casos el deudor queda libre de responsabilidad mediante la consignación, que puede hacerse ante notario. Su importancia radica en la detención del curso de los intereses, clausulas penales, recargos, resolución de contratos, etc.. El expediente se tramita así:

lunes, 13 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: DECLARACIÓN DE HEREDEROS ABINTESTATO




La Declaración de Herederos viene a ser el testamento de los que no lo han hecho. La diferencia es que al testar, en vida, se hace "a la carta", es decir se dejan las cosas a quien uno quiere (y más en Galicia, donde no existen los "forzosos"); mientras que el abintestato, después de la muerte, se hace con "menú": Teniendo en cuenta que el grado más próximo excluye al más remoto, heredan en primer lugar los descendientes; si no hay, los ascendientes; si tampoco, el cónyuge o la pareja de hecho; en defecto de estos, los hermanos o hijos de hermanos difuntos; si tampoco, los parientes carnales (tíos, sobrinos y primos) y por falta de todos los anteriores, la Xunta de Galicia. El cambio es que, hasta ahora, se declaraban en el notario los 3 primeros órdenes (descendientes, ascendientes y esposos/parejas) y en el juzgado los restantes; mientras que a partir del 23 de julio próximo se declararán en el notario todos los órdenes sin excepción. El procedimiento es el siguiente:

JV PARA DUMMIES: ADVERACIÓN DEL OLÓGRAFO


El testamento ológrafo o “feito na casa” es el manuscrito y firmado por mayores de edad, expresando año, mes y día. Conviene encabezar aclarando que  se trata de un “testamento” y suscribirlo ante al menos 3 testigos, luego veremos porqué. Al ser hecho en casa, sin notario, requiere un proceso de comprobación por parte de la autoridad pública, que en los países anglosajones se llama Probate y en España, Adveración. Antes se sustanciaba en sede judicial y a partir del 23 de julio, puede adverarse también ante notario. El proceso notarial es así:

jueves, 9 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: ¿ME PUEDO CASAR ANTE NOTARIO EL 23 DE JULIO DE 2015?



Antes de entrar en materia, permitidme que centre el tema.
En la actualidad (antes de la entrada en vigor de la LJV) existen básicamente dos clases de matrimonio en España:
1ª) Matrimonio Business Class, para ricos. Se caracteriza por:
1.-Se casan el día que quieren con su cura de confianza.
2.-Capitulan el régimen que quieren (Separación, Gananciales, Participación...), después de ser informados.
3.-Para el caso de disolución, pactan como mínimo la posibilidad de pensión o compensaciones y el uso de la vivienda familiar.

miércoles, 8 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: LA CONCILIACIÓN ANTE NOTARIO


La Conciliación es el sistema de resolución extrajudicial de conflictos, siendo su formalización en escritura ante notario título de eficacia ejecutiva en los términos del art. 517.2.9º de la LEC. Puede versar sobre cualquier controversia contractual (por tanto, incluye el contrato de trabajo), mercantil, sucesoria o familiar que no sea una de las indisponibles, a saber aquellas en que estén implicados: 1) Menores o declarados discapaces; 2) Las administraciones públicas; 3) La responsabilidad de jueces y magistrados o, en general, materias no susceptibles de transacción y/o compromiso; 4) Materias de la ley Concursal.

martes, 7 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: EL PARTIDOR DATIVO (PARTIJAS EN DESACUERDO) Y EL PERITO DIRIMENTE EN SEGUROS




¿Qué tienen que ver el "partidor de herencias no-unánimes" y el "perito dirimente en seguros"? Hasta ahora nada, pero a partir de la ley 15/15 de Jurisdicción Voluntaria (que entra en vigor el 23/07 próximo) comparten el sistema de nombramiento del perito que materializará dichos expedientes. Según el nuevo art. 50 de la L.N. serán designados por el Notario en orden correlativo de una lista que se llevará en el Colegio Notarial y en la que se apuntarán aquellos profesionales con conocimientos en la materia de que se trate. Asimismo se llevará otra lista de "prácticos" sin título oficial, para aquella designaciones que no lo requieran.
Y ahora vamos con las preguntas que para los gallegos son muchas y muy curiosas. Empezaremos por:

lunes, 6 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: EL MONITORIO NOTARIAL




1ª PREGUNTA: ¿Que es el monitorio?

--RESPUESTA: Un procedimiento rápido para reclamar deudas dinerarias, de suerte que si el deudor no paga en el plazo de 20 días o se opone, se pasa automáticamente al embargo de los bienes del deudor.  Es decir, que uno se ahorra el Juicio Declarativo. El notarial no sirve para reclamar deudas de: contratos entre consumidores y empresarios (si entre 2 particulares o 2 empresarios); cuotas vecinales; alimentos de menores o con declaración de incapacidad; o contra la Administración.

2ª PREGUNTA: ¿Ante que notario y que hay que llevarle? ¿A partir de cuando?

JURISDICCIÓN VOLUNTARIA (JV) PARA DUMMIES.-HOY, EL DIVORCIO



La ley 15/15, de Jurisdicción Voluntaria, contiene una serie de procedimientos que mejoran en muchas veces tanto los tiempos como los costes de tramitación de una serie de Actos Jurídicos. Los procedimientos más novedosos pueden substanciarse ante Secretario de Juzgado, Registrador o Notario; aquí nos fijaremos solamente en estos últimos, como el Divorcio; la Separación de los cónyuges; la determinación del Régimen matrimonial legal; las Declaraciones de Herederos Abintestato (todas); la elevación a públicos y adveración de los testamentos Ológrafos, Cerrados y/o Verbales; el Nombramiento de Partidor y Aprobación de Partijas en que estén de acuerdo al menos el 50% de los intereses; la Consignación de Pagos civiles y el Depósito Mercantil; la creación de Títulos Ejecutivos en Impagados; la Ejecución Extrajudicial de Hipotecas; nombramiento de Peritos Dirimentes en Seguros; la Conciliación de las Controversias y su ejecutividad; el Acta para convocatoria de la Junta General por el registrador y el procedimiento de Suplido de los Títulos-valores perdidos o robados. Todas estas medidas entran en vigor el 23 de julio de 2015, víspera del Apóstol; para más adelante dejaremos otros expedientes como el  expediente registral del Matrimonio o las Subastas Electrónicas, puesto que entrarán en vigor a bastantes meses vista.

Hoy toca EL DIVORCIO ANTE NOTARIO y nos basaremos en este post-pincha aquí (con algunas novedades y ampliaciones). Las preguntas a las que Jacques dará respuesta, son:

 1ª PREGUNTA: ¿A partir de cuando se puede otorgar el DIVORCIO ANTE NOTARIO?

—RESPUESTA: A partir del 24 de Julio del 2015.

viernes, 3 de julio de 2015

PUBLICADA EN EL BOE LA LEY DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

 El BOE DE HOY publica la Ley de la Jurisdicción Voluntaria. Podrán sustanciarse ante notario una serie de procedimientos como divorcios, separaciones, conciliaciones, reclamación de deudas, peritos dirimentes en seguros, declaración de herederos abintestato (todas, incluidas a colaterales), matrimonios (el trámite del expediente registral, aplazado a 30 de junio de 2017), subastas (aplazado a 15 de octubre de 2015) y un largo etcétera que iremos viendo con calma veraniega a través de estas páginas
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