Pregunta la futura casada si por el mero hecho del
matrimonio en régimen de gananciales ya heredan automáticamente el cónyuge y
los hijos; si las capitulaciones matrimoniales otorgadas en España tienen
validez en Francia, nacionalidad del otro cónyuge; y como se instrumenta la
tutela de los niños para el caso de faltar ambos padres.
RESPUESTA.
Creo que nos aclararemos mejor si separamos las tres
preguntas, matrimonio, herencia y tutela. Lo que tienen en común estas tres
instituciones es que su forma y efectos dependen “de lo que uno quiera” (bueno, dos), tal y
como se lo expresemos al notario. Vamos pues a empezar, teniendo en cuenta de
que, en principio, me ciño a relaciones sujetas al Derecho de Galicia:
1.-EL MATRIMONIO.-Puede celebrarse ante notario,
juez del registro civil, letrado de la justicia (antes secretarios judiciales),
concejal delegado/alcalde, o ministro religioso.
Los regímenes económicos-matrimoniales a elegir, son: