miércoles, 7 de agosto de 2013

VECINOS EXTRANJEROS EN EDIFICIOS ESPAÑOLES

     He aquí un refrescante tema veraniego. Como se sabe, las notificaciones de las comunidades de vecinos se deben hacer a un "domicilio en España" y si no, se publican en el Tablón del Portal. Y si eres extranjero y no tienes domicilio en España, pues te jo... fastidias, y la comunidad de tu 2ª residencia puede adoptar todo tipo de acuerdos sobre tus intereses sin que te enteres. En los países europeos está instaurado el sistema del correo electrónico, pero en España nada de nada; aun menos mal que se ha superado el sistema del pregonero.
    Claro que en Levante, donde hay mucho extranjero e incluso a veces son mayoría, los administradores se cuidan muy mucho de notificarles a sus países o al e-mail: el que paga manda. Pero en Galicia se sigue el sistema de la tiranía. Oiga ¿es que no sabe usted lo que dice la ley? ¡Ande y vuélvase a su país!
   El modelo de carta que viene a continuación tiene por objeto el reconducir la cuestión a los límites de la racionalidad. Pero es incomprensible que en la reforma de la LPH de hace unas semanas no se haya tocado el tema.
Ah.... la carta. Mejor, a través de notario:


Sr. Presidente de la Comunidad de Vecinos de

Sr. Administrador de la Comunidad de Vecinos de


         Sr. Presidente; sr. Administrador:
         El motivo de la presente es reiterarle que no tengo “domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad”, es decir un lugar donde se pueda prever su efectiva recepción, ya que resido y estoy domiciliado en el extranjero, en concreto en:
—                                                   
                             
(Francia)
—correo electrónico:                 @
         Como vd. sabe la ley no prohíbe la designación de un domicilio electivo a mayor abundamiento del domicilio español, aceptando desde ahora se me carguen los mayores gastos postales que ello ocasione, conforme a la sentencia TS 20/03/1997.
         Por todo ello le ruego me envíen las comunicaciones bien a mi domicilio en Francia, bien al citado correo electrónico, con la expresa protesta de que las que no se me envíen al mismo, se entenderá probado que no han llegado a mi poder mediante simple acreditación de mi residencia en Francia (STS 05/06/2006). En particular no podrán instarse acciones ejecutivas contra mí conforme a la disposición final 23ª.10 de la ley 4/2011 (Proceso Monitorio Europeo) que exige que la comunicación se haga “prioritariamente por medios informáticos o telemáticos”.
         En relación a los acuerdos adoptados en Junta de
y toda vez que su coste de instalación excede de 3 cuotas y no vienen requeridos por la conservación, habitabilidad, seguridad o accesibilidad del inmueble, me declaro “disidente”, no resultando obligado al pago ni a la modificación de mi cuota (17.4 LPH), pero haciendo constar mi voluntad de adherirme a esos gastos una vez se implementen las mejoras a que se refieren.
         Le saluda:
        


         Vigo, a         de agosto de 2013.