miércoles, 11 de mayo de 2011

LOS PACTOS SUCESORIOS Y LA ARBITRARIEDAD FISCAL



Los pactos sucesorios consisten darle algo (un piso, una finca, dinero…) a un hijo o nieto como “anticipo de herencia”.
-En Galicia, existen dos:
1) EL PACTO SUCESORIO DE APARTACION (se da algo a un hijo en pago del crédito legitimario, dejando de ser acreedor),
2) EL PACTO SUCESORIO DE MEJORA CON ENTREGA (se da algo a un hijo “a mayores” de la legítima).
-Se suelen hacer por motivos fiscales, ya que participan de las ventajas fiscales de las herencias, es decir que hay 125.000 euros exentos por cada padre, o sea 250.000 por los dos. Por ejemplo, si los dos padres le entregan a un hijo un piso valorado en 200.000 euros, NO SE PAGA NADA (ya que 200.000 es menos de 250.000)
-Pero hay que tener mucho cuidado con las valoraciones, puesto que sí, en el caso anterior, el piso se valora en 250.001 euros, Facenda entiende que hay que pagar por todo (por los 250.001) y no solo por el 1 euro de exceso.
-Por eso es MUY IMPORTANTE:
a) Antes de hacer la operación consultar por Internet el valor de la finca, en el la “Oficina Virtual Tributaria” de la Xunta de Galicia.
b) ¡OJO!, si uno no es un experto, es mejor dejar que haga la consulta el propio notario, pues los metros de piso que hay que meter no son los que salen en la escritura, sino los del Catastro, al que éste tiene acceso. La hará con mucho gusto y no cobrará nada. Es mejor evitar errores puesto que una desviación de una peseta puede ocasionar una catástrofe.
c) Esta arbitrariedad de los “excesos” tiene remedios; por ejemplo bastaría en el caso anterior -piso de 250.001 euros-, que los padres le dieran al hijo solo el 99,9995% del piso (Valor 249.998,75 euros) y se retuvieran en propiedad un 0,0005% (Valor 1,25 euros), o sea nada.
Aunque algo tan arbitrario parece lógico que puede corregirse en ámbitos judiciales o incluso que la Xunta esté pensando en ello. Lo justo es pagar solo por el exceso.

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