lunes, 31 de diciembre de 2012

CUERPO A TIERRA: NOVEDADES FISCALES 2013

-El IVA (primera venta vivienda) sube del 4% al 10%.
-TRANSMISIONES (segundas ventas) sube del 7% al 10%.
-ACTOS JURÍDICOS (hipotecas) sube del 1% al 1,5%.
(Estos dos últimos desde 01/03/2013).
-EL IMPUESTO DEL PALO.-Es una novedosa aportación fiscal. El comprador no podrá inscribir su compra si el vendedor no liquida la Plusvalía Municipal, es decir que se le cierra el registro, le resuelven la hipoteca y se va a la calle. Como ni el comprador ni la propiedad son responsables de dicho impuesto (que es al 100% del vendedor), la cosa consiste en hacer pagar a un inocente (el comprador), por las ilegalidades de un culpable (el vendedor).
       A mi entender la mejor solución es que el comprador vaya con un palo detrás del vendedor hasta que se asegure que este paga en el Ayuntamiento. No aconsejo soluciones más traumáticas, especialmente contra el sesudo redactor del nuevo artículo 254. 5 de la L. H.
¡OJO! Parece que esta fantástica novedad fiscal se aplica ya desde el 1 de enero 2013, es decir a las escrituras que entren en el registro a partir de esa fecha, que serán todas las que apresuradamente se estuvieron firmando estos días para esquivar el IVA.

BELÉN, TESTAMENTOS DE BELÉN



         Dice Chejov en Zinochka:

         “Ser amado no tiene ninguna importancia: para eso han sido creadas las mujeres, para amarnos. Pero dígame: ¿ha sido alguno de ustedes odiado, odiado apasionada, rabiosamente? ¿No han observado alguna vez los entusiasmos del odio?”

         Para eso han sido creados los testamentos post-navideños, para odiar apasionada, rabiosamente. Hijos que no visitan a sus padres; que no les muestran sus nietos; sobrinos que se olvidan de felicitar las Pascuas; estos, que se van a celebrar las Fiestas con los suegros en vez de con los padres; aquellos, que en fecha tan señalada, se hacen un viajecito a Canarias… Bajo la capa festiva de las conversaciones familiares es fácil adivinar, en este o aquel matiz, las raíces del resentimiento, la postergación, la envidia y el miedo.
         Los motivos por los que un amor tibio se convierte en odio apasionado son infinitos, como las arenas del desierto, y estas fechas de “amor obligatorio” son el más perfecto catalizador. En estos casos, lo primero que se le ocurre al gallego es correr al notario para desheredar al malandrín: son los clásicos testamentos navideños. Esta entrada, que no es más que un remake de otras anteriores, pretende mostrar al ofendido un catálogo de posibilidades:
         —ENFADO NORMAL.-Para este caso vendrá bien una DESHEREDACION a secas. No hay ningún problema, en Galicia los hijos no son herederos forzosos y no hace falta ni siquiera decirlo en el testamento. Basta decir: “Tengo dos hijos, Pepe y Juana, pero nombro heredero universal a mi primo Manolito”. Pero lo que sí que son los hijos, conjuntamente, son acreedores de ¼ del valor de la herencia, como la tarjeta de El Corte Inglés o el Banco de Santander. Es decir que, en el caso anterior, Manolito deberá a Pepe y Juana, conjuntamente, un valor en euros equivalente a la cuarta parte del valor que haya heredado.
         Lógicamente lo mismo se produce si dejas de heredero a un hijo sí y a otro no; por ejemplo “todo a Pepe”. En ese caso Pepe debe a Juana un valor en euros equivalente a su parte proporcional del cuarto que, en este caso, sería la mitad, o sea 1/8 del valor.
         —CABREO FINO.-En estos casos lo que se desea es que el hijo o hijos desnaturalizados no cobren ni siquiera el crédito legitimario. Ello es con frecuencia posible, ya que en Galicia el derecho de los hijos es muy débil. Los mejores sistemas son:
         Para el testamento entre esposos:
         -Gravar el crédito en usufructo a favor del cónyuge viudo, lo que autoriza el art. 241 de la ley.
         -Utilizar la facultad de que el crédito legitimario conjunto de ambos esposos sea pagado con bienes del último en fallecer.
         Para otros testamentos:
         -Hacer constar que el crédito ya ha sido “pagado en vida” al hijo con la “ayuda para el BMW”, se adjunta factura. Lo mismo con la “ayuda para poner un bar”, etc.
         -Hacer constar que el hijo malvado ha negado alimentos al padre (que implica otras cosas, como acompañar al médico, cuidarse de la higiene de los padres, etc). En estos casos será bueno acompañar un requerimiento, exigiéndoselos.
         -Adjudicarles los bienes al hijo bueno por legado remuneratorio, es decir a título oneroso y no gratuito. Quiere decir que se hace en pago de la deuda contraída por los mayores cuidados y servicios prestados por dicho hijo bondadoso. La advertencia es que se cuantifiquen lo mejor posible.
         —ODIO AFRICANO.-El testador hará constar que tal hijo (o todos) le han insultado o golpeado. El tema de la prueba es importante, por lo que será conveniente poner la denuncia.
         —HEREDEROS NO HIJOS.-En este caso, el testador tiene total libertad, ya que los hijos son los únicos acreedores del crédito legitimario (o nietos cuyos padres hubiesen muerto). A hermanos, sobrinos, etc., si se quiere se les deja algo y si no, no, como los pimientos de Padrón.

         P.D.-Por cierto, no se pierda la magnífica antología de relatos de terror Los mejores terrores en relatos que acaba de publicar M.A.R. editor: Chejov, Poe, Maupassant, Virginia Woolf, Lovecraft, etc., en unión de otros espeluznantes escritores españoles. Si le va mejor el odio que el amor, no se me ocurre mejor regalo de Reyes)

miércoles, 26 de diciembre de 2012

UN PAÍS DE AUTISTAS



         El quehaydelomío se ha convertido en la monserga nacional. Un penoso panorama de manifestantes rodeados de una multitud a la que le importan un pimiento sus reivindicaciones autistas. Oiga, no me ocupe la calle ¿por qué no se va a manifestar al Páramo de Masa?
         Por más que el espectáculo sea el lógico resultado de la combinación entre el agotamiento del Tesoro Público y una sociedad egoísta hasta la saña, no es menos triste. Nadie dice lo que piensa en el fondo de su corazón (que fastidien al vecino en vez de a mí). Algunos, pocos, necesitan buscar justificaciones a su egoísmo infantil; las más frecuentes suelen ser la Magia, los Ricos o la Merkel. La Magia no funciona para allegar o ahorrar recursos públicos; a los Ricos, con el impuesto de la renta y patrimonio mas altos del mundo, cuanto más se les sube, menos se recauda; en cuanto a los Préstamos en el extranjero, cuanto más se pide, peor; cobran más intereses y queda menos para tus justas reivindicaciones. Nada, nada, lo mejor es que se lo quiten al vecino, aunque como yo soy autista, prefiero piadosamente no pensar en ello. Vale amigo, pero no te ofendas cuando el vecino tuerce la cabeza al paso de tu manifestación. Estas “manifestaciones” lo que son es el colmo del optimismo, como si el exhibirse ante los demás (a los que se quiere fastidiar) fuera a servir para algo.
         ¿Jugamos al juego de ser sinceros un momento? Venga, será solo un momento y luego volveremos al tradicional “los demás que se zurzan”.

         —Las TASAS JUDICIALES, que han subido para que los litigantes abonen un 10% del servicio mientras que los no-litigantes seguirán sufragando el 90% restante. No hay que ser un hacha para darse cuenta de que van a subir mucho más en años sucesivos, ya que en Europa el porcentaje medio es del 50% el litigante y el 50% la sociedad y dudo mucho que los alemanes se animen a financiar pleitos españoles. No, hijo, el sector de la construcción ya no da para financiar esas cosas.
         -EL PENSAMIENTO INDECENTE: ¡Quiero que la Justicia siga pagada al 100% por todos los ciudadanos, pleiteen o no! El dinero que se lo saquen por ejemplo… ¡A los pensionistas! (Tengo 28 años). Eso, que les quiten una paga.
         -EL PENSAMIENTO DECENTE: Quiero que la Justicia sea sufragada al 100% por la ciudadanía y que el coste se sufrague retirando las dos pagas y un 25% del sueldo a los funcionarios de Justicia.
        
         —LA GESTION PRIVADA DE LA SANIDAD PÚBLICA que ahorra de un 30 a un 40% de los costes y permite sufragar la creciente factura la Sanidad Pública, en Francia, en Andalucía, en Galicia… ¡pero no en Madrid! ¡Mantengamos nuestras gabelas laborales! ¡No pasarán!
         -EL PENSAMIENTO INDECENTE: Me resulta cómodo el modelo de gestión actual de la Sanidad, por más que el derroche obligue a sangrar a impuestos al vecino del taller, a que lo cierre, a que sus hijos vayan al paro… ¿Qué se acabó el dinero? Pues que se lo quiten a… a… ¡al Ejército! Eso, que supriman el Ejército.
         -EL PENSAMIENTO DECENTE: La gestión actual de la Sanidad es maravillosa, alegre y despreocupada. La falta de recursos se arregla fácilmente sustituyendo a los funcionarios por trabajadores privados que cobren la mitad.

         —LA EXTRA DE NAVIDAD, que se ha retirado a los funcionarios por falta manifiesta de fondos y de donde pedirlos prestados. Son de esperar sucesivas rebajas, ya sea de sueldo o de pagas, en tanto la Caja esté poblada de telarañas.
         -EL PENSAMIENTO INDECENTE: Que se desangre fiscalmente un poco más al sector privado. ¿A alguien le importa que a ellos les haya bajado mucho más el sueldo? Oiga, yo soy funcionario, tengo una pedigree, una oposición, un garbo, un tronío…
         -EL PENSAMIENTO DECENTE : La falta de recursos se arregla fácilmente despidiendo un par de millones de funcionarios y promediando el sueldo de los demás.

         —LAS ACCIONES PREFERENTES, de las que, al parecer, entidades financiadas con fondos públicos restituirán hasta un 60% de la inversión.
         -EL PENSAMIENTO INDECENTE: Que me pague el fisco el 100% de mi inversión, incluidos los intereses al 8%. ¿De donde lo saca? Fácil: que detraigan su importe por vía fiscal al accionista del Banco Pastor, que ha perdido el 95% de su inversión en un par de años. O al de Bankia, que ha perdido el 100%.
         -EL PENSAMIENTO DECENTE: Que el Estado me reembolse hasta el último céntimo, quiebre, y deje de pagarme la pensión y la sanidad.

         En este juego el “pensamiento indecente” es lo que nuestro subconsciente se barrunta, pero se niega a explicitar. El “pensamiento decente” sería el pensamiento lógico si quisiéramos que nuestras justas reivindicaciones atrajeran a los demás. O sea, los sacrificios que nuestro “sector” estaría dispuesto a realizar para atraer la admiración pública. En tal caso, estaríamos hablando de “manifestaciones con destinatario”, no puramente onanistas como las actuales.

         Que cada uno se aplique el cuento. Un último matiz: si se consiguen las reivindicaciones, el autismo falla. Se aplica la “solución decente” por el simple hecho de que es imposible la “solución indecente” para todos a la vez. O sea, que si la caja pública hace ¡crack!, lo que pasa es que se despide a unos cuantos millones de funcionarios, véase Irlanda, Grecia, Portugal…
         Perdonad, tengo que acabar. Está a punto de salir mi manifestación. ¡Pri-me-ro lo mío! ¡Pri-me-ro lo mío! Que raro. No veo ningún público.

miércoles, 12 de diciembre de 2012

LA COMPENSATORIA DE NAVIDAD, EL FRAUDE DE LEY Y LA POBRE ROMANITA



         El fraude de ley es una institución del derecho que consiste en que el intento de evitar la aplicación de una ley con trucos o artimañas basados en la letra de la misma o de otras, no impide la aplicación de la norma que se ha querido defraudar. Por ejemplo, la compensación de la suprimida paga de Navidad, abonando un “plus” de productividad. Si bien el fraude no produce las consecuencias queridas, si produce cuatro consecuencias legales, (especialmente en instituciones endeudadas), como son: a) La obligación de restituir lo defraudado; b) La responsabilidad pecuniaria personal de alcaldes, concejales y funcionarios a la devolución de lo ilegítimamente detraído de las arcas públicas; c) La eventual responsabilidad penal por delito de prevaricación o malversación y la civil derivada, d) La obligación por parte de secretarios municipales e interventores de informar detalladamente de estas cuestiones, toda vez que esta responsabilidad personal es exigible “de oficio”.
         No se me ocurre nada mejor para explica en que consiste el FRAUDE DE LEY que las palabras inmortales del historiador romano Tácito, a cuento de la destitución del odiado prefecto (hoy diríamos 1º ministro) Sejano. Este fue ejecutado tras un golpe de estado. Pero la cólera del pueblo, pedía más. Escuchemos:
         “Aunque la cólera del pueblo comenzaba a declinar, se decidió actuar contra los hijos pequeños de Sejano. Se los llevó a la cárcel. El hijo preveía su fin. La hija estaba tan lejos de sospecharlo que preguntaba a todos que cual era su culpa y que a donde la llevaban; y añadía que no lo haría más, como a los niños a los que se quiere castigar. Los autores de estos tiempos refieren que, como a las vírgenes no podían sufrir la pena de muerte de los criminales, el verdugo violó a la niña inmediatamente antes de ahorcarla. Después de estrangulados, los cadáveres de los dos hermanos fueron arrojados a las Gemonías”.
         El verdugo acató la letra de la ley, que no se ejecutase a las doncellas, pero traicionó su espíritu, que estas saliesen del trance vivitas y coleando. Esta institución (El Fraude de Ley) es la base del Estado de Derecho, ya que en caso contrario éste sería un pitorreo; por ello suele figurar en uno de los primeros artículos de las leyes importantes. En España se define en el artículo 6.4 de la Ley Civil:
         “Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiera tratado de eludir”.
         Pasando al caso concreto de Galicia, parece ser que existen seis ayuntamientos dispuestos o en vías de abonar “pluses de Navidad”. La intención manifiesta de los mismos, proclamada en declaraciones explícitas, es SUSTITUIR o COMPENSAR la paga extraordinaria de Diciembre, suprimida por Ley. Es decir son los propios ayuntamientos los que confiesan el FRAUDE DE LEY ya que su finalidad explícita es esquivar la Ley que suprime la paga extra de Navidad, valiéndose de las normas que autorizan a pagar complementos o pluses de productividad.
         Dicho fraude (por su propia confesión) es de los que el Tribunal Supremo califica de “patente, grosero, evidente, flagrante y clamoroso”; por ello, su consecuencia inmediata es, en diversos grados, la responsabilidad económica personal de alcaldes, concejales y funcionarios, tanto si no se recupera lo indebidamente entregado, como frente a las reclamaciones de acreedores del ayuntamiento, por el incremento de insolvencia producido. Es decir que alcaldes, concejales o equipos de gobierno pueden responder con sus pisos o sueldos, amen de la eventual destitución. ¿Cómo se ejecuta esta responsabilidad?
A)   En vía administrativa, por el art. 145 de la ley 30/92. El particular (por ejemplo, un acreedor) demandará a la administración y esta de oficio exigirá la responsabilidad a la autoridad o funcionario correspondiente. Destáquese que esta actuación es “de oficio”, es decir que si la autoridad no reclama al alcalde o concejal el pago del daño causado, podría ser acusada de prevaricación.
B)   En vía penal-civil, es decir por responsabilidad civil procedente de delito (116.1 C.Penal), siguiéndose los cauces ordinarios. Las figuras penales que pueden darse aquí, son:
-La Prevaricación: La jurisprudencia exige en este supuesto que se haya dictado o abolido una ley sin tener competencia para ello, siempre que la contradicción sea patente y grosera. La propia confesión puede facilitar mucho estos procedimientos.
-La Malversación de caudales públicos, ya que se da una aplicación privada a un bien público (dinero) sin base legal para ello. Llámese paga de Navidad, llámese Pokemon, es lo mismo.

         Y como Jacques ha empezado este artículo con tanta elevación, citando nada menos que a Tácito, espera terminarlo con igual altura, citando a su gran comentarista español Alaminos de Barrientos:
         “Tan pueden la razón y el alma de las leyes, que no se cumple con ellas cuando solo satisface su letra”.
  

lunes, 26 de noviembre de 2012

LÓPEZ SORS, UN HOMBRE DIGNO


         Apoyo a Lopez Sors. Un funcionario digno, valiente, fiable que, cuando le tocó adoptar la decisión de su vida, asumió su responsabilidad sin excusas ni remoloneos. ¡Que Dios nos libre de enfrentarnos a una opción como la suya entre lo horrible y lo apocalíptico!

         El Prestige. Un gran buque sin gobierno, vertiendo fuel, deriva hacia tierras gallegas. Cabe acercarlo a la costa u ordenarle que abandone nuestras aguas. Si eres el director de la Marina, tienes que adoptar una decisión. Antes de tomar una decisión, te asesoras. Examinas los antecedentes, como medio más seguro para prever las consecuencias. En Galicia, los más evidentes por inmediatos se llamaron Urquiola, Mar Egeo y Casón. Los dos primeros naufragios de petroleros provocaron vertidos, víctimas humanas, desalojo de barrios enteros en A Coruña y extinción perpetua de especies zoológicas en su bahía (como los equinodermos). Los mayores aun conservan memoria de aquellas noches en medio del día, surcadas por bolas de fuego. No obstante, toda vez que dichos siniestros se produjeron en las cercanías del puerto coruñés, el paralelismo no es tan patente, ya que no se trataba de una cuestión de alejar o acercar el buque a la costa.
         El paralelismo más exacto se da en el naufragio del buque Casón, puesto que este fue acercado a propósito por las autoridades a la costa, tal como sugieren los acusadores de López Sors que debió hacer en el caso Prestige. Gobernaban los nacionalistas en Galicia en virtud del pacto tripartito, los mismos que ahora ejercen la acusación particular, por lo que no se les puede negar coherencia a su actitud.
         Quizá los más jóvenes no conozcan bien las consecuencias del varamiento del Casón, ya que López Sors ha tenido el buen criterio de no repetirlas. Fueron estas: 23 de sus 31 tripulantes fallecidos. Aun pueden verse en Internet sus patéticos cadáveres sobre una rampa. Vertido en la costa  a altas concentraciones de hidrocarburos y carga tóxica. Desalojo masivo de las poblaciones de la Costa da Morte; en principio Cee, Corcubión y Fisterra fueron forzosamente abandonadas por todos sus habitantes; más adelante, el resto de los aterrorizados habitantes de la nunca tanto Costa da Morte iniciaron un patético éxodo por los montes ¡algo de proporciones bíblicas! Lívidos se quedaron al ver los 700 autobuses que venían a por ellos; muchos huyeron por piernas. Estadísticas posteriores calcularon en un 10% el incremento mortalidad causada por ese cierre instantáneo de hospitales, arrastre de enfermos, de ancianos, etc. Cargas policiales, barricadas de ciudadanos en Guitiriz intentando impedir el paso de la mercancía. Paralización de la factoría de Alúmina –incluso procesos inaplazables con destrucción de la maquinaria-, despidos masivos, incidentes, cargas policiales, heridos, detenidos… La carga tóxica aun sigue derramándose a  nuestros días en la playa do Rostro, veintitantos años después, causando irrecuperables daños a la flora y fauna.
         Con este precedente ¿Qué hizo López Sors? Salvar toda la tripulación. Toda. Limitar el daño rechazando el buque de nuestras aguas, evitando la formación de nubes tóxicas sobre la costa así como concentraciones asfixiantes y/o cancerígenas de fuel. Con posterioridad, el buque fue vaciado de su carga en condiciones seguras. Ni una sola víctima en tierra, ni una herida en un dedo, nada. Recuperación al año del daño ecológico. No se evacuó A Coruña ni se desplazó de su casa a ni una sola persona. A nadie.
         Ver como es acusado un funcionario digno y capacitado, que asume y ejerce su responsabilidad; ver como se le embargan sus bienes a un jubilado por cumplir magníficamente con su deber, todo eso a Jacques le da… nauseas.

martes, 20 de noviembre de 2012

DESAHUCIOS.-YO QUE USTED PAGARÍA



         Antes del comentario, Jacques hará un resumen de la norma (RD 27/2012). Prevé este decreto la paralización de los desahucios hasta el 16 de noviembre de 2014 para los que estén en UNA DE LAS SIGUIENTES CIRSUNSTANCIAS: Familias numerosas; o con un menor de 3 años; o un incapaz; o un discapaz; o afectados por violencia de género, siempre que REUNAN TODAS LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS: Que en total ganen menos de 1597 € al mes; y que en los 4 años anteriores la hipoteca haya multiplicado su carga sobre la renta familiar por 1,5; y que la hipoteca se lleve más de la mitad de los ingresos familiares; que el préstamo hipotecario lo haya sido para la adquisición de una única vivienda; que el procedimiento esté iniciado a 16 de noviembre del 2012 y aun no se haya producido el lanzamiento. Ante el juez o notario que lleve el procedimiento se presentará la solicitud de paralización del desahucio acompañada de DE TODOS LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: Certificado de rentas de Hacienda; 3 últimas nóminas; certificado cuantía mensual del desempleo; certificado salarios sociales de la Autonomía; certificado Agencia Tributaria de alta en autónomos –en su caso-; libro de familia; certificado empadronamiento; certificado negativo del Registro Propiedad de no tener más propiedades; copia de las escrituras de compra e hipoteca de la vivienda.

COMENTARIO:
         El decreto hace equilibrios jurídicos sobre un principio general del derecho, el “pacta sum servanda” (Hay que cumplir los contratos). Parece correcta su forma de abordar situaciones marginales, pero requerirá la complicidad de la banca y, en particular, sería muy bueno que nadie lo impugnase ante instancias españolas o europeas. Piénsese que si, por un lado, está muy bien el que nadie sea desahuciado, por otro, el dinero prestado es el depositado y circulante en España, es decir su sueldo, su pensión, sus ahorros… garantizado con todas esas hipotecas. Si hacemos saltar la banca, será cosa de informarse sobre las condiciones de vida en Corea del Norte.
Ya en un terreno más forense, llama la atención que la “paralización” solo proceda cuando el adjudicatario-acreedor sea una entidad de crédito y no cuando previamente haya cedido el piso a un subastero, como es lo habitual. Otra duda que Jacques plantea es ¿se aplica a las subadquirentes del banco Malo? En cuanto al “fondo social de viviendas en alquiler” que se crea ¿de verdad que las alquilará el Gobierno aunque no sean suyas, sino de los bancos? Jacques esperaba ver cosas raras a lo largo de su vida, pero ¡tanto! Como asunto de especial importancia de cara al ciudadano, conviene tener claro que la hipoteca no se anula por la “paralización”, sigue en vigor y siguen corriendo los intereses de demora. Simplemente se le concede al hipotecado un plazo para arreglar su situación habitacional hasta el 16 de noviembre de 2.014. Pudiendo, yo que usted pagaría, forastero. Ah, me olvidaba: La ley que regular las ejecuciones es la Ley de Enjuiciamiento Civil, no la Ley Hipotecaria, cuya modificación se exige en las tertulias con los más sesudos argumentos. Leer no hace daño.
         Comentario especial merecen los Ayuntamientos que retirarán sus fondos de las entidades que practiquen desahucios. Así, a secas, todos los desahucios, aunque sean de especuladores. Los munícipes que yo conozco al llegar a fin de mes están en un sin-vivir, llamando al banco tal y luego al banco cual “por favor, dame dos millones para pagar la nómina”. Puede que alguno tenga un remanente, pongamos de 100.000 euros, pero eso es que deben 10 millones. ¿Ahora les retiran la cuenta? Pues que bien. Que se preparen sus funcionarios para cobrar en cuentas de vidrio.
         Creo que el tema más bien es mediático-político que social, ya que en España todo el mundo paga sus hipotecas. Si vamos al tema de primera vivienda, no pasa del 1 y pico por ciento los que no pagan; un desvío meramente técnico. Es lo que en términos bancarios se llama “cultura de pago”. ¿A que se debe? Supongo que el pueblo tiene muy presente que a este instrumento jurídico debe el abandono del subdesarrollo a partir de los años setenta. Lo normal con una hipoteca es invertir 60.000 y sacar 200.000; es el único sistema de ahorro popular al alcance de todo el mundo, con la ventaja de que el capital no se lo tienes a dejar en depósito al tío Gilito: lo tienes tú, debajo de tus pies. Algunos preferirán subordinadas, preferentes o acciones de Bankia, pero es que hay gente para todo. A día de hoy el sistema está bloqueado (por una serie de burradas), es cierto; pero también lo es que lo que fue, volverá a ser: en los EEUU ya está sucediendo. Se está reanimando el mercado hipotecario y con él, la cultura de la prosperidad popular. No hablo de millonarios, eso es otro planeta.
         Aunque sea cruel decirlo, la hipoteca exige su colofón que es la garantía. Si no se paga, se pierde la casa. ¡Ah, pero esto es injusto! ¡Donde dejamos el derecho a la vivienda! Pues mire usted, si no hay garantía, los ahorradores no permiten que los bancos presten su dinero (de ellos, no de los malvados bancos); se acaba el crédito y volvemos a la maravillosa España de los Botejara. Yo no.
         Dicho esto, por supuesto que el estado debe atender a las situaciones marginales, a ese pequeña parte del porcentaje del 1% (pongamos el 0,1%) que, por desgraciadas circunstancias sobrevenidas, no ha podido hacer frente al préstamo solicitado con la honrada intención de devolverlo. Incluso creo que se debe ir más allá de lo que lo está haciendo el Decreto. En concreto, a juicio de Jacques es necesario: a) Que el banco de España vigile que no se tire el dinero de los depositantes y ciudadanos en hipotecas sin esperanza. Ya sé que es y era su obligación, pero…; b) Que se suprima la subasta judicial y se regule de una vez un procedimiento de ejecución rápido, barato y sencillo que no supere los 500 euros ¿qué le importa al ciudadano que se le incrementen las tasas judiciales a 200 euros, si las costas judiciales ascienden a 30.000 euros?; c) Que se aplique de oficio la norma que prohíbe que el interés de demora supere 2,5 veces el legal del dinero; d) Apoyo todo lo que se haga para absorber el descomunal parque de viviendas creado en los últimos años.  




miércoles, 14 de noviembre de 2012

EL IVA LO INGRESA EN HACIENDA EL COMPRADOR



Después de haber comentado la prohibición de pagos en efectivo de más de 2.500 euros y la obligación de declarar los intereses situados en el extranjero, le toca hoy a la 3ª de las medidas estrella de la ley 7/2012: La inversión de la obligación de ingreso del IVA del vendedor al comprador. Sucedía que, con frecuencia, el vendedor repercutía el IVA al comprador y después (por causa de concurso, insolvencias varias, alzamiento, etc.), no lo ingresaba en el fisco, con lo que este se quedaba con un palmo de narices. Para remediar esta situación se cambia de “acarreador” físico del dinero, que antes era el vendedor y ahora pasa a ser el comprador. ¿En que supuestos se produce dicha inversión?
-En las daciones en pago; ahora el obligado al ingreso es el que adquiere el bien, no el que lo transmite.
-En las transmisiones efectuadas como consecuencia de un procedimiento concursal, idem.
-En las segundas ventas de edificaciones, de terrenos ya urbanizados, de inmuebles rústicos, etc., en las que existe renuncia a la exención del IVA. En todos estos casos, ahora le toca ingresar al comprador, no al vendedor.
Por otra parte, se excluye del régimen de módulos a los que facturen menos del 50% a particulares, siempre que el total sea superior a 50.000 euros, u obtengan más de 225.000 euros de otro profesional.

¿Qué  otras medidas cabe esperar en el futuro? Chi lo sa. Pero somos conscientes que entre un 30% y un 40% de la economía no participa en el mantenimiento de hospitales, policías, maestros, medicinas etc. En los países donde eso se vuelve intolerable, como Israel, la obligación de guardar la factura se impone al solicitante del servicio, además de al que lo presta. Por ejemplo, usted va a un restaurante, al médico, o contrata un albañil y tiene que guardar la factura cuatro años. Los inspectores y la policía hacen periódicas comprobaciones. Si le piden la factura y no la tiene, 10.000 euros de multa. Se exime de esa obligación si la remite al fisco o informa de que no se la han dado, lo que puede hacer en el acto vía telemática. Se admiten prueba de pérdida, deterioro, etc. ¿Llegaremos a eso? Chi lo sa