Dice
Chejov en Zinochka:
“Ser amado no tiene ninguna importancia:
para eso han sido creadas las mujeres, para amarnos. Pero dígame: ¿ha sido
alguno de ustedes odiado, odiado apasionada, rabiosamente? ¿No han observado
alguna vez los entusiasmos del odio?”
Para
eso han sido creados los testamentos post-navideños, para odiar apasionada,
rabiosamente. Hijos que no visitan a sus padres; que no les muestran sus
nietos; sobrinos que se olvidan de felicitar las Pascuas; estos, que se van a
celebrar las Fiestas con los suegros en vez de con los padres; aquellos, que en
fecha tan señalada, se hacen un viajecito a Canarias… Bajo la capa festiva de
las conversaciones familiares es fácil adivinar, en este o aquel matiz, las
raíces del resentimiento, la postergación, la envidia y el miedo.
Los
motivos por los que un amor tibio se convierte en odio apasionado son
infinitos, como las arenas del desierto, y estas fechas de “amor obligatorio”
son el más perfecto catalizador. En estos casos, lo primero que se le ocurre al
gallego es correr al notario para desheredar al malandrín: son los clásicos testamentos navideños. Esta entrada, que
no es más que un remake de otras anteriores, pretende mostrar al ofendido un
catálogo de posibilidades:
—ENFADO
NORMAL.-Para este caso vendrá bien una DESHEREDACION a secas. No hay ningún
problema, en Galicia los hijos no son herederos forzosos y no hace falta ni
siquiera decirlo en el testamento. Basta decir: “Tengo dos hijos, Pepe y Juana,
pero nombro heredero universal a mi primo Manolito”. Pero lo que sí que son los
hijos, conjuntamente, son acreedores
de ¼ del valor de la herencia, como la tarjeta de El Corte Inglés o el Banco de
Santander. Es decir que, en el caso anterior, Manolito deberá a Pepe y Juana,
conjuntamente, un valor en euros equivalente a la cuarta parte del valor que
haya heredado.
Lógicamente
lo mismo se produce si dejas de heredero a un hijo sí y a otro no; por ejemplo
“todo a Pepe”. En ese caso Pepe debe a Juana un valor en euros equivalente a su
parte proporcional del cuarto que, en este caso, sería la mitad, o sea 1/8 del
valor.
—CABREO
FINO.-En estos casos lo que se desea es que el hijo o hijos desnaturalizados no
cobren ni siquiera el crédito legitimario. Ello es con frecuencia posible, ya
que en Galicia el derecho de los hijos es muy débil. Los mejores sistemas son:
Para el testamento entre esposos:
-Gravar
el crédito en usufructo a favor del cónyuge viudo, lo que autoriza el art. 241
de la ley.
-Utilizar
la facultad de que el crédito legitimario conjunto de ambos esposos sea pagado
con bienes del último en fallecer.
Para otros testamentos:
-Hacer
constar que el crédito ya ha sido “pagado en vida” al hijo con la “ayuda para
el BMW”, se adjunta factura. Lo mismo con la “ayuda para poner un bar”, etc.
-Hacer
constar que el hijo malvado ha negado alimentos al padre (que implica otras
cosas, como acompañar al médico, cuidarse de la higiene de los padres, etc). En
estos casos será bueno acompañar un requerimiento, exigiéndoselos.
-Adjudicarles
los bienes al hijo bueno por legado remuneratorio, es decir a título oneroso y
no gratuito. Quiere decir que se hace en pago de la deuda contraída por los
mayores cuidados y servicios prestados por dicho hijo bondadoso. La advertencia
es que se cuantifiquen lo mejor posible.
—ODIO
AFRICANO.-El testador hará constar que tal hijo (o todos) le han insultado o
golpeado. El tema de la prueba es importante, por lo que será conveniente poner
la denuncia.
—HEREDEROS
NO HIJOS.-En este caso, el testador tiene total libertad, ya que los hijos son
los únicos acreedores del crédito legitimario (o nietos cuyos padres hubiesen
muerto). A hermanos, sobrinos, etc., si se quiere se les deja algo y si no, no,
como los pimientos de Padrón.
P.D.-Por cierto, no se pierda la magnífica
antología de relatos de terror Los
mejores terrores en relatos que acaba de publicar M.A.R. editor: Chejov, Poe, Maupassant, Virginia Woolf, Lovecraft,
etc., en unión de otros espeluznantes escritores españoles. Si le va mejor el
odio que el amor, no se me ocurre mejor regalo de Reyes)
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