martes, 20 de noviembre de 2012

DESAHUCIOS.-YO QUE USTED PAGARÍA



         Antes del comentario, Jacques hará un resumen de la norma (RD 27/2012). Prevé este decreto la paralización de los desahucios hasta el 16 de noviembre de 2014 para los que estén en UNA DE LAS SIGUIENTES CIRSUNSTANCIAS: Familias numerosas; o con un menor de 3 años; o un incapaz; o un discapaz; o afectados por violencia de género, siempre que REUNAN TODAS LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS: Que en total ganen menos de 1597 € al mes; y que en los 4 años anteriores la hipoteca haya multiplicado su carga sobre la renta familiar por 1,5; y que la hipoteca se lleve más de la mitad de los ingresos familiares; que el préstamo hipotecario lo haya sido para la adquisición de una única vivienda; que el procedimiento esté iniciado a 16 de noviembre del 2012 y aun no se haya producido el lanzamiento. Ante el juez o notario que lleve el procedimiento se presentará la solicitud de paralización del desahucio acompañada de DE TODOS LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: Certificado de rentas de Hacienda; 3 últimas nóminas; certificado cuantía mensual del desempleo; certificado salarios sociales de la Autonomía; certificado Agencia Tributaria de alta en autónomos –en su caso-; libro de familia; certificado empadronamiento; certificado negativo del Registro Propiedad de no tener más propiedades; copia de las escrituras de compra e hipoteca de la vivienda.

COMENTARIO:
         El decreto hace equilibrios jurídicos sobre un principio general del derecho, el “pacta sum servanda” (Hay que cumplir los contratos). Parece correcta su forma de abordar situaciones marginales, pero requerirá la complicidad de la banca y, en particular, sería muy bueno que nadie lo impugnase ante instancias españolas o europeas. Piénsese que si, por un lado, está muy bien el que nadie sea desahuciado, por otro, el dinero prestado es el depositado y circulante en España, es decir su sueldo, su pensión, sus ahorros… garantizado con todas esas hipotecas. Si hacemos saltar la banca, será cosa de informarse sobre las condiciones de vida en Corea del Norte.
Ya en un terreno más forense, llama la atención que la “paralización” solo proceda cuando el adjudicatario-acreedor sea una entidad de crédito y no cuando previamente haya cedido el piso a un subastero, como es lo habitual. Otra duda que Jacques plantea es ¿se aplica a las subadquirentes del banco Malo? En cuanto al “fondo social de viviendas en alquiler” que se crea ¿de verdad que las alquilará el Gobierno aunque no sean suyas, sino de los bancos? Jacques esperaba ver cosas raras a lo largo de su vida, pero ¡tanto! Como asunto de especial importancia de cara al ciudadano, conviene tener claro que la hipoteca no se anula por la “paralización”, sigue en vigor y siguen corriendo los intereses de demora. Simplemente se le concede al hipotecado un plazo para arreglar su situación habitacional hasta el 16 de noviembre de 2.014. Pudiendo, yo que usted pagaría, forastero. Ah, me olvidaba: La ley que regular las ejecuciones es la Ley de Enjuiciamiento Civil, no la Ley Hipotecaria, cuya modificación se exige en las tertulias con los más sesudos argumentos. Leer no hace daño.
         Comentario especial merecen los Ayuntamientos que retirarán sus fondos de las entidades que practiquen desahucios. Así, a secas, todos los desahucios, aunque sean de especuladores. Los munícipes que yo conozco al llegar a fin de mes están en un sin-vivir, llamando al banco tal y luego al banco cual “por favor, dame dos millones para pagar la nómina”. Puede que alguno tenga un remanente, pongamos de 100.000 euros, pero eso es que deben 10 millones. ¿Ahora les retiran la cuenta? Pues que bien. Que se preparen sus funcionarios para cobrar en cuentas de vidrio.
         Creo que el tema más bien es mediático-político que social, ya que en España todo el mundo paga sus hipotecas. Si vamos al tema de primera vivienda, no pasa del 1 y pico por ciento los que no pagan; un desvío meramente técnico. Es lo que en términos bancarios se llama “cultura de pago”. ¿A que se debe? Supongo que el pueblo tiene muy presente que a este instrumento jurídico debe el abandono del subdesarrollo a partir de los años setenta. Lo normal con una hipoteca es invertir 60.000 y sacar 200.000; es el único sistema de ahorro popular al alcance de todo el mundo, con la ventaja de que el capital no se lo tienes a dejar en depósito al tío Gilito: lo tienes tú, debajo de tus pies. Algunos preferirán subordinadas, preferentes o acciones de Bankia, pero es que hay gente para todo. A día de hoy el sistema está bloqueado (por una serie de burradas), es cierto; pero también lo es que lo que fue, volverá a ser: en los EEUU ya está sucediendo. Se está reanimando el mercado hipotecario y con él, la cultura de la prosperidad popular. No hablo de millonarios, eso es otro planeta.
         Aunque sea cruel decirlo, la hipoteca exige su colofón que es la garantía. Si no se paga, se pierde la casa. ¡Ah, pero esto es injusto! ¡Donde dejamos el derecho a la vivienda! Pues mire usted, si no hay garantía, los ahorradores no permiten que los bancos presten su dinero (de ellos, no de los malvados bancos); se acaba el crédito y volvemos a la maravillosa España de los Botejara. Yo no.
         Dicho esto, por supuesto que el estado debe atender a las situaciones marginales, a ese pequeña parte del porcentaje del 1% (pongamos el 0,1%) que, por desgraciadas circunstancias sobrevenidas, no ha podido hacer frente al préstamo solicitado con la honrada intención de devolverlo. Incluso creo que se debe ir más allá de lo que lo está haciendo el Decreto. En concreto, a juicio de Jacques es necesario: a) Que el banco de España vigile que no se tire el dinero de los depositantes y ciudadanos en hipotecas sin esperanza. Ya sé que es y era su obligación, pero…; b) Que se suprima la subasta judicial y se regule de una vez un procedimiento de ejecución rápido, barato y sencillo que no supere los 500 euros ¿qué le importa al ciudadano que se le incrementen las tasas judiciales a 200 euros, si las costas judiciales ascienden a 30.000 euros?; c) Que se aplique de oficio la norma que prohíbe que el interés de demora supere 2,5 veces el legal del dinero; d) Apoyo todo lo que se haga para absorber el descomunal parque de viviendas creado en los últimos años.  




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