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| Las cataratas de A Barosa, foto recurrente ¿tendrá que ver el hallarse a una hora en bici de Sanxenxo, atravesando la llanura del Salnés? |
SUMARIO
1.-LA GUERRA DE UCRANIA
La guerra ha superado hasta las heces los límites del dolor: a los drones que pulverizan barrios con el mensaje de "Feliz Año Nuevo" pintado, responden los Himars, que la propaganda quiere manejados por una especie de Papa Noel, achicharrando en una escuela a cientos de pobres reclutas rusos. Lo único ¿bueno? es que los combatientes recuerdan a los chulapos de Goya, peleando a garrotazos con las piernas enterradas hasta las rodilla: están extenuados. Rusia, su ex-glorioso ejército, sorprende: nunca hubiésemos pensado que requiriese el auxilio de la teocracia instalada en el Pérsico: el Rey está desnudo. En cuanto a Ucrania ¿habrá un plan Marshall capaz de reconstruir un país que ya recuerda una especie de Dresde extendido? ¿En los tiempos de los aranceles y el boicot? La vieja Europa, por su parte, hace honor al papel que le asigna el rubio que cabalga mostrando pectorales: una marioneta. Lo peor es que no le queda más remedio que llegar hasta el fin (cualquiera que este sea): los bálticos y los nórdicos, tuercen su mano; en particular Polonia, a quien las ramas sí le dejan ver el bosque. Alemania lloriquea: que esto acabe, que esto acabe... como sea. En cuanto a España, tanto han crecido los Pirineos que no atisbamos nada de lo que hay al otro lado: bah, mientras de vez en cuanto nos arrojen una cesta de millones por encima de las cumbres nevadas del Aneto, nosotros tranquilos.
Pues eso, que esto acabe.
2.-DERECHO DE ACRECER: POSIBILIDADES
El funcionamiento del derecho de acrecer cuando el testador
no nombra sustituto (es decir, el de unos herederos de hacerse con las
porciones de otros testados conjuntamente, premuertos o renunciantes), tiene
mucho que ver con el de la selección de platos en un restaurante. Si se testa “a
la carta”, no existe derecho acrecer. Si el testador elige el “menú”, si hay lugar
a dicho derecho.
Abramos el apetito repasando las cuatro posibilidades más frecuentes:
1.-Designación de herederos por cuerpos de bienes separados (o sea heredero “a la carta”): No hay derecho de acrecer. Se entiende que el testador quiso dejar a cada uno algo concreto, una cosa y no otra, algo individualizado “numéricamente o por señales”. Por ejemplo: “dejo a Juan el BMW y a Manuel el piso en calle del Pez”. O “dejo a Juan 10.000 euros y a Manuel 60.000 euros”. Si Juan premuere, renuncia o es incapaz de suceder sin designación de sustituto, su parte no acrece a Manuel. Ni a la viceversa. ¿Qué pasa con ella? Si hablamos de un legado, se refunde en la masa de la herencia; si no, nos vamos a la intestada salvo previsión testamentaria.










