Dividir
un piso o local es algo muy fácil o muy difícil, depende.
Lo
primero, hay que ver si es técnicamente posible. Para ello, cada uno de los
pisos resultantes, deberá tener su salida independiente a un pasillo común del
edificio o a la vía pública. Si no, no se puede.
Acto
seguido es cuando viene la posibilidad fácil y la posibilidad difícil, casi
imposible.
La
posibilidad fácil es cuando la facultad de dividir consta en las “Normas de
Comunidad” del edificio. Para ver las Normas hay que ir al Registro de la Propiedad y pedir una “Nota
simple” del edificio. Si lo está, puedes dividir aunque se opongan todos los
vecinos.
La
segunda posibilidad, la casi imposible, es cuando esta facultad no está
recogida en las Normas de Comunidad. En ese caso hace falta acuerdo por
unanimidad de la Junta
de Vecinos. Lógicamente, ese vecino a quien le fastidia que tu perro ladre por
las noches, votará “no” y contra eso no hay nada que hacer.
Superado
lo anterior, hay que presentarse en el Notario, en su caso con el certificado
del acuerdo de la Junta. En
la escritura, se distribuirá la “cuota en elementos y gastos comunes” del piso
antiguo entre los nuevos. Por ejemplo, si tenía de cuota el 1% y resultan dos
pisos iguales, ahora cada uno tendrá una cuota del 0,50%.
Y
colorìn, colorado…
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