martes, 8 de mayo de 2012

COMUNIDADES DE VECINOS.-PERROS


       

                 

         Hay unos seres que quieren amar y otros que quieren ser amados; de la reunión de ambos surge la Felicidad. Existe otro género, la de los que quieren amar y ser amados a la vez: de estos es de donde nace la violencia de género, el crimen pasional, las dictaduras y la guerra: huya de ellos, porque el amor no es un tema de Justicia ni de equilibrio entre partes.
         Entre los que quieren amar (los mejores, según Platón), es frecuente el caso de que no sean capaces de encontrar a alguien que quiera ser querido. Un perrito no es la peor de las elecciones porque estos seres han sido concebidos por la naturaleza para ser “receptáculos de amor”. Como su disfrute conlleva una serie de responsabilidades (infinitamente llevaderas a la vista de la recompensa), he aquí un mix de las normas autonómicas y municipales sobre perros vigentes en Galicia.
         1ª pregunta: ¿Puedo utilizar mi perro como un GEO para que me defienda de los ladrones?
         -Respuesta: NO. Como se ha dicho, en las ciudades gallegas la tenencia de perros es cuestión de amor, no de seguridad. Por eso:
         --Entre las doce de la noche y las ocho de la mañana siguiente tienen que dormir “bajo techo”, estando prohibido que permanezcan en patios, terrazas, galerías, balcones y jardines.
         --Si de una forma evidente causan molestias a los vecinos (un perro que ladra constantemente), también debe permanecer el resto del día bajo techado.
         --Esta prohibido incitarlos a acometer a personas o a destrozar cosas (como jardines).
         2ª pregunta: ¿A dónde puedo ir con mi querido Bobby?
         -Respuesta: A  casi cualquier sitio. Ejemplos:
--Están prohibidos en piscinas, playas (en verano), espectáculos o donde se manipulen alimentos, pero pueden acceder a bares, restaurantes y hoteles, si el dueño lo autoriza. Y si no, con no volver…
         --Pueden viajar en trasporte público dentro de su trasportín.
      --Por la calle, deben andar con correa y collar; pero se les puede dejar libres en los espacios de esparcimiento que todo ayuntamiento civilizado posee.
         3ª pregunta: ¿Qué medida higiénicas hay que adoptar?
         -El número de animales por vivienda está limitado atendiendo a una cosa muy rara llamada la “biomasa”. O sea, uno o dos por piso.
         -Hay que implantarles un chip antes de los tres meses de edad o al mes de su adquisición.
     -Hay que llevarlos al veterinario para ponerles las vacunas obligatorias. Y también cuando estén malitos, claro.
         -Hay que recoger las caquitas
-Hay que comunicar su muerte, desaparición, transferencia o cambio de domicilio al ayuntamiento o al veterinario.
-Por supuesto, no se puede abandonar su cadáver en la calle; hay que encomendarlo al servicio municipal o al veterinario. Lo que se puede dejar para los buitres es el cadáver del dueño.
4ª pregunta: ¿Qué pasa si el perro se ha equivocado con su amo y éste lo ha convertido en un ser agresivo?
--El propietario o poseedor del animal agresor no se puede largar tan ricamente. Tiene la obligación de presentarse de inmediato al servicio municipal aportando el documento de identificación del perro y cuantos datos sirvan de ayuda a la persona agredida o a las autoridades sanitarias.
--Tiene que indemnizar no solo a la víctima, sino también al ayuntamiento por las molestias.
--La persona agredida tiene asimismo la obligación de dar cuenta al ayuntamiento.
--No se habla aquí de quienes maltraten a los animales, no les den de comer, no los limpien o los abandonen, porque Jacques se dirige a personas, no a animales.
5ª pregunta: ¿Qué me puede pasar si hago lo que me da la gana con mi perrito en vez de tratarle con humanidad y decencia?
--El perrito puede ser arrestado temporalmente a petición de los vecinos en el servicio correspondiente. A costa del dueño, of course. También puede ser retirado definitivamente de amos maltratadores o que desprecien las normas de convivencia con sus vecinos.
--Para las infracciones leves, como no recoger las deposiciones, no tenerlos bajo techo de 12 de la noche a 8 de la mañana o el maltrato leve, multa de 30 a 300 euros.
--Para las infracciones graves, como el maltrato lesionador, la no vacunación o la reincidencia en faltas leves, multa de 300 a 3000 euros.
--Para las infracciones muy graves, como el maltrato hasta la muerte, o las peleas-espectáculo, multa de 3000 a 15000 euros.
Además, los supuestos especialmente crueles pueden implicar un delito; o sea que el animal se va a la perrera y el dueño a la cárcel; bonito final para una relación amorosa.      

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