La aprobación
definitiva de la ley de 18 de junio de 2015 ha abierto la posibilidad de divorciarse
ante notario en unos pocos minutos, tal como ya existía en los países de
nuestra cultura como Brasil, Colombia, Cuba, Ecuador, Honduras, Nicaragua, Perú,
etc. A primera vista el hecho produce un poco de vértigo, que muy bien podrá
ser atemperado si pensamos que otras decisiones igual o más importantes (reconocer
a un hijo, desheredarlo, disolver una empresa, dar efectos de matrimonio a la
pareja…) ya podían adoptarse instantáneamente ante notario. No parece que la
multiplicación del fárrago de trámites judiciales haya mejorado, hasta ahora,
las tensiones inherentes a una disolución matrimonial y, en todo caso, puede
dorar la píldora la reducción exponencial de costes y tiempos. En cualquier caso, los amantes del tempo lento de nuestros tribunales,podrán disfrutar de la modalidad alternativa ante Secretario de Juzgado. La ley entra en
vigor el 15 de julio de 2015 y el divorcio notarial solo será aplicable a los
de mutuo acuerdo sin hijos menores de edad o discapaces. Más información aquí.
FRESITAS DEL BOSQUE |
No hay comentarios:
Publicar un comentario