Lo que sabemos por la prensa es lo siguiente: la juez Estela San José instruye un sumario en el que al parecer han aparecido determinados indicios en relación al ministro don José Blanco; a saber: Las declaraciones de un testigo-acusado, unas grabaciones telefónicas y una cita discreta en una gasolinera.
Acto seguido los “tertulianos” han clamado que el ministro debería presentar “inmediatamente” una querella por injurias o calumnias contra el citado testigo. Las pregunta son ¿y por qué no también contra los policías que efectuaron las grabaciones? ¿Contra la juez que instruye el sumario? ¿Contra el técnico de las cámaras de la gasolinera?
Pues bien, esto no es así. Si lo fuera, todos los sumarios se convertirían en un magma inextricable de querellas, denuncias e incidencias que acabarían por obstruir la justicia penal. SIN PERMISO DE LA JUEZ NO SE PUEDEN PRESENTAR QUERELLAS POR CALUMNIAS. O, dicho al estilo del Código Penal: “215.-Nadie podrá deducir acción de calumnia e injuria vertidas en juicio sin previa licencia del Juez o Tribunal que de el conociere o hubiere conocido”.
Lo que pasa es que este es un caso típico de alguacil-alguacilado. Nadie tendría que sentirse calumniado o injuriado por un sumario porque al ser secreto, nadie tendría que estar enterado de su contenido. Fue precisamente Blanco quien puso de moda la práctica de entresacar partes de sumarios secretos para denigrar a sus rivales, que luego eran sistemáticamente absueltos.
Por ello, la opinión de Jacques, es: todo funcionario público que traicione el secreto sumarial debe ser destituido sin remisión. El político que utilice torticeramente dichos datos, debe ser inhabilitado.
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