viernes, 29 de abril de 2011

HERENCIA AL CONSORTE.-REBAJA IMPUESTO SUCESORIO

En Galicia es frecuente dejar como heredero pleno al consorte (pudiendo vender, hipotecar, etc.), ya que los hijos no tienen derecho real a la herencia, siendo simples acreedores de un cuarto del valor, crédito que a su vez puede gravarse en usufructo a favor del viudo ex 241 LG.
Es muy importante a la hora de adjudicarse la herencia y liquidar el impuesto sucesorio, hacer la baja del crédito a favor de los hijos (1/4), -aun cuando esté gravado en usufructo-, porque rebaja considerablemente el importe a pagar.
Un modelo puede ser este:



¡¡¡OJO, UNA PARTIDA DEL PASIVO es el crédito legitimario, que rebaja a efectos base impuesto!!!HERENCIA TESTADA A FAVOR DEL CONSORTE, HAY LEGITIMARIOS.
En Ourense, mi residencia, a $
Ante mí. Fulano de tal, Notario del ilustre colegio de Galicia,
COMPARECE:
DOÑA $, mayor de edad, viuda, ama de casa y vecina de O Grove, con domicilio en c/$, provista de DNI. n§ $.
INTERVIENE:
En su nombre y derecho. La identifico por el DNI. Tiene a mi juicio la capacidad legal necesaria para esta escritura de MANIFESTACION Y ACEPTACION DE HERENCIA ,y,
EXPONE:
I.-Que don $, residente en $, de vecindad civil gallega, falleció en $, el día $, en estado de casado con la compareciente, dejando $ hijos, llamados $.
II.-La sucesión del causante debe regularse por lo que el causante dispuso en su testamento otorgado, mancomunadamente con la compareciente, el día $, ante el notario Perico de los Palotes, n§ $ de protocolo. Copia de dicho testamento y certificaciones de defunción y del registro general de actos de última voluntad se acompañarán a la primera que de esta se expida.
III.-En el mencionado testamento el causante nombró heredera universal en pleno dominio a su esposa aquí compareciente (con la limitación de no disponer por actos a título gratuito en favor de quien no sea hijo o descendiente común de ambos testadores) y legó el crédito legitimario a sus hijos don $ y don $, con gravamen de usufructo a favor del cónyuge superviviente.
IV.-Que los bienes que constituyen la herencia son los que se describen en el siguiente,
INVENTARIO Y AVALUO:
ACTIVO:
1.-PISO PRIMERO en calle del Pez.
2.-Finca en A Toxa.
3.-Plaza de garaje nº 5.
Valor:
PASIVO: Crédito legitimario equivalente a la cuarta parte del valor del caudal,
Valor:
LIQUIDACION (ACTIVO-PASIVO):
Valor:
Esto expuesto,
OTORGA:
Que ACEPTA la herencia de su esposo don $ y se adjudica la totalidad de los bienes inventariados, en pleno dominio, en los propios términos que resultan de la disposición testamentaria.
VALOR LIQUIDO: $.
Así lo dice y otorga.

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