MATRIMONIO Y DIVORCIO ANTE NOTARIO
Los mass media comentan estos días la significativa reducción del número de divorcios, haciéndose eco de fuentes de los juzgados, siendo casi unánime achacar a "la crisis" la causa del fenómeno. No dice mucho de su perspicacia que ninguno se haya preguntado si la posibilidad de otorgarlos ante notario a partir del 23 de julio pasado tiene algo que ver: ¿no será que no se han reducido los divorcios, sino los "divorcios judiciales"?
Los mediáticos y recientes casos de Iker Casillas y Sara Carbonero (matrimonio ante notario) y Marío Conde y María Pérez (divorcio ante notario) nos pueden servir para hacer algunas reflexiones, ahora que esta práctica legal está en fase de expansión.
Empecemos por el matrimonio. Llama la atención que sean las clases mas adineradas las que opten por la modalidad "ante notario" y que los bolsillos más ajustados se sigan inclinando por la solemnización ante juez o concejal. Y ello, a pesar de que el matrimonio "ante notario" es mucho más barato (no más de 80 euros, frente a derechos municipales de hasta 400), rápido (puedes encargarlo de un día para otro o incluso el mismo día; juzgados y ayuntamientos tienen esperas de meses), flexible (lo celebras en el lugar que tú quieras) y, sobre todo, técnico: puedes elegir "régimen matrimonial, etc", a diferencia del judicial-municipal en que se aplica lo de "café para todos" (vas con el "supletorio". o sea gananciales). Jacques supone que la causa del fenómeno expuesto es que la clases adineradas son las más informadas y sus abogados les dicen lo que les conviene. Como es previsible un incremento de matrimonios "de rico", a la Latinoamericana, recordemos aquí los pasos básicos:
1º) La primera parte que es el "Expediente de capacidad" (que los contrayentes no sean hermanos, bígamos, etc.), hay que hacerla obligatoriamente en el Registro Civil hasta el 30/06/2017, a partir de cuando ya se podrá hacer también en la notaria. Mientras, hay que dirigirse al R. C. ojo ¡solo para eso! Os pondrán delante un impreso anticuado que dará sólo dos opciones de boda (juzgado/ayuntamiento); hay que decirle que es "ante notario". Si ya se ha cubierto una de esas dos casillas no hay que preocuparse; la opción la tienes igual (te la da le ley, no el encargado del R.C.) aunque conviene dirigir un escrito de "renuncia" al juzgado o ayuntamiento para que no pierdan el tiempo.
2º) La segunda parte es la "celebración" del matrimonio, que también suele demorar unos meses en juzgados y ayuntamientos y lo que tu quieras en las notarías. Si optas por el matrimonio "ante notario" basta que te dirijas al de tu elección (que sea competente en el lugar) que oficiará al Registro Civil para que le remita testimonio del Auto Favorable, o bien, se lo llevas tu mismo. A partir de ahí podrás elegir a tu gusto día, lugar y régimen jurídico del matrimonio (e incluso, de incidencias como su posible disolución). Todo ello hace prever que en el futuro el régimen habitual será la "Separación de Bienes" pues la experiencia nos dice que, cuando hay elección informada, ese es el resultado en el 90% de los casos.
Ahora el divorcio. Aquí si que se ha producido un crecimiento exponencial en todos los sectores: téngase en cuenta que un divorcio ante notario reduce los costes y los tiempos del procedimiento entre la mitad y la décima parte. Un divorcio de jóvenes no suele costar más allá de 200 o 300 euros, todo incluido, y se puede otorgar a los quince minutos de presentarse en la notaria: en ningún juzgado la espera es inferior a "meses". Sus requisitos son el que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio (hay que llevar el Libro de Familia); el "mutuo acuerdo" y el que no existan hijos menores de edad o incapacitados. Aun habiendo desacuerdo, una buena mediación lo convertirá en acuerdo que será igual o parecido que el que se pueda obtener de la Justicia, pero muchos meses o años antes, evitando deteriorar aun más la relación.
Una buena información por parte de los Registros Civiles, como por otra parte ya prestan en muchos, aumentará el grado de satisfacción de los ciudadanos con sus servicios.
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