--En préstamos vivienda el máximo legal ordinario es 3 veces el legal del dinero, o sea el 9% (3x3=9).
--En los demás, el máximo legal ordinario es el 19% (STS 18/02/2016 y otras).
Gestores, vayan preparándose a recoger escrituras devueltas del Registro ¡ar!. Arriaga y Asociados, tomad buena nota ¡ar!
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