miércoles, 23 de marzo de 2016

¡ATCHUNG BANCOS! ¡INTERÉS ORDINARIO NO PUEDE EXCEDER AL MORATORIO!


Según la resolución DGRN de 10/02/2016 el interés ordinario no puede exceder al moratorio "por la naturaleza de su función respectiva". O sea:
--En préstamos vivienda el máximo legal ordinario es 3 veces el legal del dinero, o sea el 9% (3x3=9).
--En los demás, el máximo legal ordinario es el 19% (STS 18/02/2016 y otras).

Gestores, vayan preparándose a recoger escrituras devueltas del Registro ¡ar!. Arriaga y Asociados, tomad buena nota ¡ar!

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