viernes, 27 de enero de 2012

NO CULPABLE NO ES LO MISMO QUE INOCENTE (PERO ES LO ÚNICO QUE PUEDE DECLARARTE UN JURADO)


         A Jacques no dejan de sorprenderle las peregrinas teoría jurídicas de la prensa gallega. Si el otro día hacía unas distinciones  entre hijos legítimos e ilegítimos, al más puro estilo franquista, hoy 27 de enero nos sorprende con otra primicia. No culpable no es lo mismo que inocente. Ya. Podría añadir que No-culpable no es lo mismo que vaca, televisor, árbol, novela, etc. Porque si de lo que está hablando es del juicio por Jurado del señor Camps, el articulista podría haberse tomado la molestia preguntarle a un amigo abogado que le diría que lo único que te puede declarar un Jurado es “culpable” o “no-culpable”. Y si su amigo es muy servicial, incluso le remitiría el artículo 61.1.C de la Ley del Jurado, que dicta, en forma gramatical, como deben escribir su veredicto. Dice así:

         “Un tercer apartado, iniciado de la siguiente forma: Por lo anterior los jurados (por unanimidad o por mayoría) encontramos al acusado…….. culpable/no culpable del hecho delictivo de…”   

         Prosigue el articulista con que “No ha quedado demostrado que haya cometido un delito, que no quiere decir que no lo haya cometido”. Igual que el articulista, espero. “En todo caso queda exculpado por la vía penal… de momento”. Igual que el articulista, espero. “El quid que es si hubo prevalimiento del cargo público y saqueo de arcas en beneficio ilegítimo de intereses privados, se despejará en la investigación del PP valenciano”. La misma acusación que pesa sobre Camps, pesa sobre el articulista, espero.
         Cuando alguien respira por la herida, da la impresión de que el que no es inocente (moral) es él. 

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