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viernes, 19 de diciembre de 2014

PROTECCIÓN OFICIAL: VENTA DE LOCAL TRANSFORMADO EN VIVIENDA

       
        Noticia: Hoy tocan los capítulos octavo y noveno en la sección La ciudad de la Sangre (NOVELA de libre descarga)

PROTECCIÓN OFICIAL:
        VENTA DE LOCAL TRANSFORMADO EN VIVIENDA

         Antes que nada, propongo que repasemos juntos lo más elemental sobre Viviendas de Protección.
        
         En estas viviendas la Xunta, en compensación de beneficios, se reserva el derecho de adquirirlas preferentemente a cualquier otro en ventas, donaciones, pactos sucesorios, subastas, etc., por unos precios máximos o módulos. Los parientes próximos están excluidos de dicha “adquisición preferente” pero no se olvide que, además, existe un régimen de sanciones. Al efecto se debe notificar la transmisión en el mes siguiente, lo que si se trata de una venta se hace mediante el previo visado del contrato privado en el Instituto Galego da Vivenda e do Solo (algo que es obligatorio para escriturar y registrar la adquisición).  El Instituto examina si el adquirente reúne las condiciones y si no, y la situación es irremediable (por ejemplo, una herencia), el adquirente tiene que transmitir la vivienda en el plazo de seis meses a quien sÍ reúna esas condiciones.

         Si, ya lo sé. Para la mayoría de la gente lo que es la Protección Oficial es una molestia, porque los pretéritos beneficios hace tiempo que están olvidados, Por eso, la pregunta importante para todo el mundo es ¿cuando se acaba este rollo? Pues así: