lunes, 8 de julio de 2019

HIPOTECAS INVERSAS ¡QUE GUAY!

HIPOTECA INVERSA: DEMANDA SIN OFERTA


El pasado viernes, 5 de julio DE 2.019, Enrique Rajoy participó en la charla que la Asociación de Personas Sordas ASPESOR tuvo en su sede de A Coruña sobre el tema LA HIPOTECA INVERSA. Aparte de disfrutar del grato ambiente que te hace sentir como en tu casa, pudo constatar el gran interés que existe por este producto, a pesar de que, leo de internet “Los Bancos sostienen que no hay demanda”. ¿Será que no hay Oferta? ¿O  quizás todos los pensionistas son marqueses y ven innecesario el complemento de su pensión?

Las hipotecas inversas son un producto bancario complementario de las pensiones que consiste en que el Banco, bien te entrega una cantidad (por ejemplo 108.000 euros), bien te paga una renta o pensión mensual (por ejemplo 600 euros/mes) y tu, a cambio, les hipotecas tu vivienda  pero no devuelves nada hasta después de tu muerte, o sea nunca, porque los paganos serán tus herederos. Además de su ventaja evidente, completar la pensión, existe otra más sutil como es “forzar la mano” a esos herederos que, en teoría, te cuidan; pero que, en la práctica, no te llaman ni en Navidad: así no se lo llevarán calentito a tu fallecimiento, sino que te habrás cobrado por ti mismo esos cuidados que tan generosamente proclaman.
Las condiciones en esencia, son:
*Tener 65 años o más o discapacidad del 33% o más.
*El Banco paga, o una cantidad de golpe, o una renta mensual.
*La deuda solo es exigible a la muerte del prestatario; si son dos, del último.
*Tras el RIP los herederos tienen estas alternativas: 1ª) Pagar el préstamo de una tacada; 2ª) Pagarlo por cuotas como un hipotecario ordinario, si así se ha establecido; 3ª) Si ese es el bien que existe en la herencia, lo normal, también pueden entregar el piso y se acabó, sin que los herederos respondan con lo suyo: el beneficio de inventario es automático.
*Las “hipotecas inversas” gozan de una serie de beneficios que han perdido actualidad: exención del impuesto y honorarios reducidos de notario y registrador (a día de hoy, el Banco lo paga todo en todas las hipotecas, no solo “inversas”).
*La hipoteca inversa puede recaer sobre piso distinto de la vivienda habitual; en cuyo caso no habría lugar a “beneficios” (a día de hoy como dijimos, da igual).
Según una calculadora automática que es lo primero que te aparece en internet, la “Inversa” para dos octogenarios con un piso tasado en 300.000 serían, o 108.000 a tocateja, o unos 600 euros/mes. Si septuagenarios y 200.000, unos 52.000 o 200/mes. En el primer caso, un 43%; en el segundo, un 26% de la valoración. Los tipos de interés oscilan entre el 5% y el 6%.

¿A que está bien? Lo único malo… es que LAS HIPOTECAS INVERSAS NO EXISTEN. La Ley (41/2007, Ad. 1ª) prevé que solo pueden conceder inversas los Bancos y las Aseguradoras y estas SE NIEGAN EN REDONDO. Pedir una es tontería. Entendámonos, si tienes 95 años y un piso de un millón en el Barrio de Salamanca, sí. Pero si eres gallego, olvídate. El año pasado en toda España se concedieron 20, por poner un ejemplo, en el Reino Unido, 38.000. Allí salen en los carteles en las cristaleras de los Bancos, aquí, ni se comercializan, ni se publicitan. A una pequeña encuesta realizada a nivel privé, la mayoría de los Bancos nos respondieron que si podíamos hablar de otra cosa; e incluso una entidad que alardea estos días de que “le parece un producto socialmente interesante” ni se ha dignado contestar al teléfono. Publicidad descarada para colocarte otra cosa.

¿Porqué huyen? Supongo que tendrá algo que ve la combinación de intereses microscópicos, la volatilidad de nuestro mercado inmobiliario, la alta tasa de supervivencia española -la mayor del Mundo tras Japón- y el guante de seda de nuestra autoridad bancaria. Esto no es tan diferente al Reino Unido, ¿verdad? (vale, aquí de come mejor). La única solución está en los poderes públicos, que deben forzar y, a la vez estimular, a los Bancos, el típico palo y zanahoria. Porcentaje sobre hipotecas totales, fiscalidad, tema de coeficientes, etc., etc.; envíen a Londres al abogado del Estado que en un periquete retorna con un proyecto de reforma en condiciones.

Si no, la hipoteca inversa solo estará bien para que los Bancos se hagan publicidad: “La hipoteca inversa es un producto socialmente interesante, hum, hum”.

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