Son los que están en “el
candelabro” por lo que vamos a indagar en ellos, basándonos exclusivamente en
noticias periodísticas. Que pueden ser verdaderas. O no.
PUJOL, don Jordi, alegó
que la fortuna que le había aparecido en Suiza procedía de la herencia de su
padre don Florenci. Pedido que fue el famoso testamento por el juzgado, resultó
que don Florenci había nombrado heredera a su esposa (la suya), y no a su hijo
don Jordi.
¿Es eso posible?
Claro. En Cataluña, como
en Galicia, se puede nombrar heredero pleno al cónyuge (es decir pudiendo
vender, hipotecar, etc.), al no existir la herencia forzosa de 2/3 a los hijos del derecho
castellano. Lo que pasa es que en Cataluña es más costumbre, porque allí la
herencia entre esposos está exenta de impuestos al 99%.
el que se entrega dentro de un sobre al notario el cual (ni nadie) se entera de su contenido hasta que se “abre” al morir el testador. El notario suscribe un acta encima del sobre o cubierta.
¿Es así?
Por supuesto. Lo que
sucede es que como, con frecuencia, se utiliza para disponer del “dinero suizo”,
es posible encontrase con resistencias a protocolizarlo, sobre todo si el
notario tiene sospecha fundada. Pero como también puede utilizarse para finalidades
lícitas, hay que suponer que en este caso fue así.
CELA nombró heredera a su
esposa doña Marina y legó a su hijo un cuadro roto de Miró (de muy poco calor
en relación a la herencia total) en pago de su legítima. El Tribunal Supremo
obligó a doña Marina a entregar dos tercios de la herencia al citado hijo.
¿Hizo bien el Alto
Tribunal?
Of course. Don Camilo era
castellano, no gallego a pesar de su nacimiento, por haber residido más de diez
años en los madriles sin protestar. Y los castellanos tienen obligación de
entregar a sus hijos (“herederos forzosos”) dos tercios de la herencia.
PAQUIRRI hizo un
testamento muy complicado en que dejaba el 45% a Isabel Pantoja y a su hijo
Paquirrín; el 40% a sus hijos Francisco y Cayetano y el 15% restante a su padre
y hermanos.
¿Está bien hecho?
Es difícil saberlo con lo
que informa la revista de donde lo tomo, porque no me dice la parte exacta que
lleva la sra. Pantoja, a la que mezcla con su hijo. Además se reparten fincas
cuyo valor ignoro. En principio cada uno de los 3 hijos tiene que llevar un mínimo
del 11,11%, quedando otro 33,33% que puede adjudicarse a un hijo solo o a
varios. En total los hijos castellanos o andaluces, como sabemos, tienen asegurado
un mínimo de 2/3 o en tanto por ciento, del 66,66%.
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