martes, 17 de julio de 2012

DIVIDE Y VENCERÁS


    “En suelo rústico no podrán realizarse ni autorizarse parcelaciones, divisiones o segregaciones” Ley de Galicia 9/2002.

         La ley de Galicia prohíbe la división de fincas rústicas, pero la ley de los gallegos dice que hay que dejar a cada hijo al menos un trozo. Así lo hizo mi padre, mi abuelo, mi bisabuelo…, dicen. Cada una de las partes tiene algo de razón; la Xunta, porque quiere controlar el minifundio; los paisanos, porque consideran la posesión de fincas como un atributo de su personalidad. Donde mejor se observa esto es en relación a ciertos terrenos, improductivos per se, que, no obstante, tienen un gran valor patrimonial: para los gallegos son como una especie de joyas. Jacques no entiende porqué no se autoriza la división y subdivisión hasta la saciedad de este tipo de tierras, es como si la Xunta se quisiese entrometer en si luces un collar de perlas o un anillo de diamantes. Una invasión de la intimidad.
         La ancestral lucha de los gallegos contra “La Ley” –que no entienden como suya-, se dirime con las siguientes armas:

1.-La Kale Borroka: Simplemente, se ignora la normativa sobre divisiones. Las parcelas se subdividen “a gusto” en una serie ininterrumpida documentos privados de herencia, de venta, de permuta, que merecen su legitimidad en la medida en que sean respetados por el vecindario. Excusado es decir que este método solo sirve para las fincas de escaso valor económico.
2.-La Proindivisión: Las fincas se venden, se heredan, se permutan… por partes indivisas (por ejemplo, un 25% para cada partícipe). Por medio del acuerdo para la “administración y disfrute” de la cosa común previsto en el art. 398 CC, se vincula cada cuota a una finca concreta, acompañándose plano de perito, etc. Se incorporan unas normas de comunidad que exigen, entre otras cosas, la constancia de este acuerdo en las sucesivas transmisiones y se garantiza el cumplimiento de las obligaciones con una cláusula penal muy rigurosa.
El inconveniente es que este acuerdo no tienen eficacia registral, ya que el Proindiviso-diviso solo se admite para plazas de garaje y trasteros. Pero nada impide que puedas vender o hipotecar tu cuota, transmitiendo la misma situación posesoria que tú tienes a los sucesivos titulares.
3.- La Propiedad Horizontal: Se utiliza la Ley de Propiedad por Pisos, que también sirve para la propiedad “tumbada”, es decir por chalets. Consiste en dividir las fincas como si fueran pisos. Ciertamente, si las fincas están al ras, esta división vulnera la jurisprudencia, que considera el hecho como una parcelación ilegal. Pero siempre aparecerán en la certificación catastral (que goza de presunción de veracidad) algunas cuadras, casas antiguas, alpendres, cabañas, etc., que situarán el ámbito de la operación en otra perspectiva jurídica.
4.-La Ilegalidad perpetua: Se basa en el principio de que no se puede fundamentar una legalidad actual sobre una ilegalidad pasada. Si se repasan los antecedentes de la finca, seguramente se encontrará algún hecho irregular en el pasado. Agrupaciones de fincas discontinuas para evitar retractos. Para evadir impuestos. Etc. El método consiste en “auto-denunciar” esa ilegalidad, solicitando se declare acto nulo (por ejemplo, reconociendo el “error iuris” en una escritura, o solicitando la anulación judicial). Y ya está: si se deshace una agrupación, tenemos ¡oh milagro! una división.
Como es lógico, existen muchos más sistemas, ya que la ley de Galicia que encabeza este artículo ha excitado las meninges galaicas hasta la neurosis. ¡Cuanta gente lleva un mes sin dormir pensando en como repartir la Horta do Camiño! ¡Como piensa usted que mi hija se va a quedar si un trozo siquiera del Nabal do Outeiro! Jacques sugiere a la Xunta que se apiade; que no sea tan optimista pensado que todo el territorio puede convertirse en fincas de cientos de hectáreas, llenas de vacas. ¿Por qué no una ley de Huertos Familiares, que permita las divisiones en determinadas áreas, incluso hasta el tamaño de un teléfono móvil? Siempre se podrá plantar una patata.  

No hay comentarios:

Publicar un comentario