PORTA BORSARI (VERONA) |
La DGRN en su Resolución de 13 de julio de 2016 ha declarado inscribible en el Registro de la Propiedad un Pacto Sucesorio de Mejora sobre bienes gananciales otorgado por uno solo de los padres a favor de un hijo,
con efectos mortis causa. Recordemos que el art. 206 de la Ley de Galicia permite a uno solo de los esposos disponer de la totalidad de un bien ganancial, siempre que se haga constar este carácter expresamente. La disposición obliga a entregar al beneficiario el 100% de la cosa si se adjudica al disponente en la liquidación; alternativamente, a entregar el 50% de la cosa y el 50% de su valor, si solo se le adjudica la mitad; o, en último caso, el 100% del valor, si no se le adjudica nada.
con efectos mortis causa. Recordemos que el art. 206 de la Ley de Galicia permite a uno solo de los esposos disponer de la totalidad de un bien ganancial, siempre que se haga constar este carácter expresamente. La disposición obliga a entregar al beneficiario el 100% de la cosa si se adjudica al disponente en la liquidación; alternativamente, a entregar el 50% de la cosa y el 50% de su valor, si solo se le adjudica la mitad; o, en último caso, el 100% del valor, si no se le adjudica nada.
La Resolución aclara que esta "Disposición por entero de bien ganancial" no sólo puede otorgarse en testamento, sino también en Pacto Sucesorio, en cuyo caso es inscribible en el Registro de la Propiedad con arreglo al art. 77 RH.
Una vez fallecida mi esposa (estábamos en Bienes Gananciales),se hizo declaración de herederos , no había Testamento ,por lo cual mi hija y yo,su esposo,heredamos según ley.Después ante Notario,hicimos la Adjudicación de la Herencia y un Pacto de Mejora ,dejándole la mitad indivisa del la Vivienda a ella en NUDA PROPIEDAD.Mi pregunta es puede ella registrar la vivienda a su nombre y requisitos para ello.
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