viernes, 31 de diciembre de 2021

TODO A LOS HIJOS, NADA AL VIUDO

Vale, lo sé, es como una obsesión... Pero este lugar es mi favorito del globo terráqueo

 

Pregunta.-Quiero que mis dos hijos hereden todo lo mío a mi fallecimiento, sin intervención de mi esposo ni de firma ni de nada, y que puedan disponer libremente de lo heredado, sin dicha cortapisa. ¿Se puede?

Respuesta:

A bote pronto la respuesta parece muy fácil, basta “olvidarse” del cónyuge en el testamento y ya está, toda vez que la preterición del esposo/a es indiferente, sea intencional o no intencional (258). El testamento sería algo así: “Expone: que está casada con Pedro Pérez Pérez y tiene dos hijos, llamados Pedro y Pablo Pérez Fernández. Esto expuesto, OTORGA: Que instituye herederos por igual a sus hijos, Pedro y Pablo Pérez Fernández, sustituidos por su descendencia” (nombres ficticios).

Ahora vienen las dificultades. Como la legítima del cónyuge viene fijada en el usufructo del cuarto del haber hereditario (253) algunos registros interpretan, y así parece deprenderse de algunas resoluciones de la D.G., que esta legítima sí que es una especie de derecho real, pues el usufructo lo es. Y, por lo tanto,  hace falta la firma del viudo/a, sea para la adjudicación de herencia, sea para la disposición posterior, salvo que se le aparte con algún bien. En tal sentido, la legítima del viudo/a sería mil veces más potente que la de los hijos, ya que estos está claro que son simples acreedores (249.1), no herederos. Es más, el caso contrario (omitir a los hijos en la parte dispositiva del testamento) no ofrece ningún problema: si testo instituyendo heredero único a mi esposo/a y a mis hijos ni los nombro intencionadamente (aunque tenga 12 como Abraham), todos mis bienes irán a mi cónyuge que podrán disponer libremente de ellos.

¿Es más poderoso pues el rango hereditario del cónyuge que el de los hijos? Porque como sabemos, el que tiene la firma, tiene el poder, poco  más dan unos porcentajes u otros. Si no se mueve el dedo y se desliza el bolígrafo sobre el folio, los demás se verán bloqueados y se verán obligados a acumular prebendas sobre el desdeñoso: es como lo de Bildu, Esquerra o Teruel Existe.

El problema tiene solución y está en la mano el testador. Si ponemos en relación el art 253 con el 255, caeremos en la cuenta que eso del usufructo del cuarto sólo es una forma de determinar el quantum, pero que el testador no está obligado en absoluto a atribuir derecho real a su cónyuge, futuro viudo. Puede atribuir a la legítima la naturaleza que estime conveniente: sea dineraria; de renta o pensión; o de derecho real, sea dominical o usufructuaria.

Por lo tanto si quiere evitar el nacimiento de este sedicente derecho a la “herencia forzosa conyugal”, al estilo del Código Civil y contradiciendo la regla fundamental del art. 249.1, lo más sensato será que lo deje determinado en su testamento.

“Expone: que está casada con Pedro Pérez Pérez y tiene dos hijos, llamados Pedro y Pablo Pérez Fernández. Esto expuesto, OTORGA: 1º.-Que instituye herederos por igual a sus hijos, Pedro y Pablo Pérez Fernández, sustituidos por su descendencia; 2º.-La testadora asigna a los derechos de su cónyuge naturaleza dineraria, excluyendo la atribución de usufructo sobre bienes inmuebles”.

Le ruego repare en que no estamos ante la facultad de conmutar el usufructo de común acuerdo entre los herederos y el cónyuge viudo (como en 256 LC o 839 CC); sino ante una potestad omnímoda del testador que puede atribuir a la legítima vidual la naturaleza que estime conveniente, con acuerdo o sin él. Tampoco estamos ante nada comparable a la atribución de la facultad de pagar la legítima en metálico a los hijos del Código Civil, pues estos no cabe duda que son herederos forzosos cuya intervención es necesaria, mientras que, despojado de su disfraz, este viudo no cabe duda de que constituye un caso más de la regla general del derecho gallego: “a todos los efectos” es un simple acreedor.

Salvo mejor opinión.

El capítulo 3 del libro II de Docampo versus Colón * entra sin tapujos en la acción más miserable de la vida de Docampo, la venta de los niños guanches de La Gomera. Por más que se disculpe con que era una monetización de su salario de conquistador o que lo hicieron todos, no nos queda más remedio que volver el rostro.

Con éste, se inician los llamados pleitos canarios. En ellos, hasta por lo menos en siete ocasiones será condenado aquel al que los notarios castellanos llaman Sebastián de Ocampo, y los menos imaginativos jueces reales, con diversos apelativos, entre los que destacan el Campos, el Sebastián de Campos y el Campo Gallego. Será esta última versión la que se prestará a una mayor fantasía, pues una asimilación demasiado apresurada por parte de los modernos eruditos dará lugar, a una lectura de tipo anatómico-forense: “Carpo Gallego”. Entre los miembros de la corte de Gomera, (los Campo —Alonso y Sebastián—, De la Peña, Cornado, Cornadillo…) no se conocía nada del estilo de carpo, metacarpo y dedos y si lo hubieras pretendido, te hubieran dicho que habías bebido demasiado malvasía. Es Campo, siempre es Campo, aunque la “m” le haya salido un tanto chunga al escribano.  Pero cuando Sebastián entrevió la gravedad de las imputaciones que se le venía encima, el asunto no le hizo ninguna gracia y, tuvo la certeza, de que sólo un milagro del Apóstol, o mejor aún, de san Antón, podría librarle de las gravísimas acusaciones.  

La apoyatura jurídica del negocio había parecido a todas luces impecable, puesto que los menores no tienen personalidad jurídica y estos deben seguir la condición de los padres, levantiscos, sublevados y ya masacrados: cualquier mediano conocedor del Derecho Romano podría acreditarlo. El género se conducía principalmente a Sevilla donde, o bien se subastaba, o bien se ofrecía en venta directa. Dada la abundancia de la mercancía, hubo que dar suelta a bastantes piezas al pie mismo de la Giralda a disposición del primero que se las encontrara; otras piezas acabarían en el mar por falta de espacio material en las bodegas de las naos. Los sermones jeremíacos se volvieron una desagradable costumbre: casi a diario aparecía, a veces incluso en mar abierta, un fraile de alguna orden excrementicia, ¡voto a Bríos!, diciendo que eran niños bautizados y por tanto orros (no susceptibles de esclavitud). Las protestas de los mercaderes no aplacaban la puritana indignación de los tonsurados (¡Por favor! ¿Cómo puede sostenerse que estos pequeños salvajes sean capaces de comprender los dogmas de Nuestra Santa Madre Iglesia?). La corona, azuzada por aquella clerigalla, llego a poner a disposición de los mocitos/as letrados y procuradores de pobres 4. Los comerciantes empezaron a pensar que ni siquiera a ellos se les trataba con tanto miramiento ¿es que ahora los caníbales van a tener abogado? El aire de Sevilla se volvió irrespirable, y no estamos hablando de la caló. ¿Qué podemos decir de una ciudad con tres mil conventos? Surgió una alternativa más relajada, ¡Dios todopoderoso!, con el mercado de esclavos Valencia, bien surtido de florines y ducados venecianos y donde no abundaba tanto el frailuco. Pero el alargamiento del viaje deterioraba el género, como el caso de aquel mercader tuerto que, de 87 gomeros, perdió 14 piezas en navegación por mareos y catarros.

Wölfel nos dice que los principales vendedores de niños gomeros fueron Pedro de Vera y Beatriz de Bobadilla, aunque es ineludible reconocer que intervendrán otros personajes, sea en concepto de intermediarios, sea de monetización de su salario.

 

Pedro de Vera vende seis mozas o muchachas de una edad bastante peligrosa para el general y que, por lo que pagaron por ellas, debían ser hermosas. Doña Beatriz de Bobadilla vende directamente quince gomeros y un número indeterminado de gomeros y gomeras en dos ocasiones. Los indígenas eran para ella moneda. Pago con ellos una vez un barco y hasta los diezmos que debía a la iglesia de Canarias los pagaba en indígenas 5.

 

 Los mozos y mozas se cotizaban a 6.000 maravedís, aunque podían darse fuertes oscilaciones en ejemplares de singular belleza. Los niños menores de diez años apenas rentaban 4.400 maravedís, dada su morbilidad. Lo que Vera y la Bobadilla escondieron a los compradores es lo que no debe ocultar un diligente comerciante. ¿Me puede garantizar que no está bautizado? Sí, no, claro.


* Ya disponible en formato papel. A lo largo del mes irá subiendo a todas las plataformas digitales.

*En Amazon/Kindle: Docampo versus Colón

miércoles, 29 de diciembre de 2021

LOS LEGADOS Y LAS DEUDAS DEL DIFUNTO

 

Los únicos que no tienen omicrón...

El testador, un gallego llamado Adán, dispone: “Lego a mi hijo Abel el piso 1º de la calle del Paraíso, e instituyo herederos a mis otros dos hijos, Caín y Set, adjudicando: a Caín, el piso 2ª de calle del Paraíso; y a Set, el piso 3º de la calle del Paraíso, todo ello sin perjuicio de la legítima de Abel”

Los pisos son de un valor similar. Otra hija llamada Evita ha sido apartada de la herencia de Adán, sobre la que penden deudas de consideración. La pregunta es ¿responde Abel de las deudas de Adán? ¿Incluso con su propio patrimonio?

 


Respuesta: Antes que nada, la teoría: El “heredero” es el continuador de la persona del difunto (los bienes, las deudas, los pleitos, etc.); el “legatario” es un favorecido por el testador, mutatis mutandis podría compararse con alguien a quien se hace un regalo; por último el simple “legitimario” (hijos y descendientes de hijos premuertos)  es un acreedor ordinario de su parte proporcional de ¼ del líquido hereditario (en este caso de 1/16, pues la apartada hace divisor) y, todo lo más que le puede ocurrir, es que no cobre, porque no haya con qué, pero no responde con su peculio propio de las deudas de la herencia. A partir de ahí, empiezan las peculiaridades.

*Se ordena un legado. En materia de deudas hay que advertir que, podría darse el caso, tanto de que el legatario se vea privado del bien legado, como de que se le reduzca, ya que con frecuencia los herederos, a la vista de las circunstancias, aceptan a beneficio de inventario, lo que implica una liquidación previa de los bienes. Incluso, después de haber sido entregado pura y simplemente el legado, cabe su reducción o anulación si después aparecen nuevo acreedores conforme al art. 1029 CC. La norma pretende evitar alzamientos atípicos.

*Pero supongo que la duda más importante se refiere a la responsabilidad con los bienes propios por efecto de la llamada “confusión de patrimonios”. En principio, habría que excluirla, pero eso no es un principio absoluto, pues en caso contrario bastaría con excluir a un hijo de la condición de heredero (como es el caso) para convertirlo en irresponsable.

Una forma de argumentar el caso por parte de un acreedor podría ser la alegación de que la ley de Galicia no prevé la figura del legado ni del legatario; solo habla de “adjudicación de cosa cierta y determinada”. Y tan ciertas y determinadas parecen las cosas que se adjudican al hijo al que llaman legatario, como a las que van a los que llama herederos. Si los cupos están más o menos igualados, podría considerarse que estamos ante una partición hereditaria con 3 patas, se usen los nombres que se usen.

En fin, algo de blindaje, salvo prueba de fraude, parece ofrecer la exclusión de la condición de heredero. De una forma un tanto retorcida el testador ha querido “mejorar” al bueno de Abel, ofreciéndole una especie de beneficio de inventario de fabricación casera. Los herederos, con tal de aceptar a beneficio de inventario 2.0, verán también protegido su patrimonio personal.

 




El capítulo 2 del libro II de Docampo versus Colón trata de las primeras capitanías del contino real en Canarias, como encargado por Isabel de Cas tilla de la protección de su ex dama, Isabel de Bobadilla. El gallego se enfrenta al asedio de la Torre-fortaleza de San Sebastián de la Gomera por parte de los guanches, a  los que comanda un líder inefable: Hautacuperche.

II.-Durante los siete días que transcurrieron entre la muerte de Peraza y la arribada de la flota de socorro en cuyas velas bailaba La de la Guadaña, se sucedieron los asaltos. Toda la isla excepto unos cuantos de Orone participó en el cerco. Los cronistas que recogieron testimonios de testigos de visu destacan la siniestra eficacia de la ballestería, hecho que sin duda fue decisivo para la prolongación de la resistencia durante el tiempo necesario hasta la llegada de los primeros auxilios.

 

Su construcción (la Torre) obedecía a las ideas estratégicas de la época medieval, para defenderse con la flecha o el pasador de la ballesta 9.

 

 El nuevo líder de los asaltantes, Pedro Hautacuperche, exhibía una habilidad que su tropa de bautizados bien podría atribuir a milagro: era capaz de trepar en vertical sobre los lisos muros de la Torre como si fuera el más llano de los caminos; si todos hubieran sido como él, hubieran entrado. Se movía sobre muros lisos, si el menor resalte, como una araña o un lagarto. Pero defensores y atacantes quedaron pasmados ante otra habilidad aún más portentosa: se las arreglaba para atrapar en pleno vuelo los pasadores de las saetas que le arrojaban; y, si eran varias, unas las atrapaba y a otras hurtaba el cuerpo; de suerte que se había vuelto invulnerable. Sus seguidores creían cada vez más en él y ejecutaban sus órdenes sin vacilación, aunque implicasen una muerte cierta. Se había creado un verdadero problema, dada la reserva inagotable con que contaban los atacantes: toda la isla, hombres, mujeres y niños. Matar, agota y los brazos de los defensores empezaban a flaquear. A los Campo no hacía falta que nadie les dijera que a ellos tocaba solucionar un problema, si este era de índole militar.

 

Hasta que Alonso de Ocampo, que quería acabar con aquel traydor, dispuso que Antonio de la Peña se apostase en lo más alto de la esplanada y le amenazase desde allí con el tiro de una ballesta. Mientras Hautacuperche fixaba la atención en aquella falsa puntería, Ocampo le disparó otro ballestazo por una tronera baxa, que hiriéndole con el pasador en el costado siniestro, le dexó sin vida 10.

 

Este Ocampo, que salvará de momento el apuro, es probablemente Sebastián, puesto que tres son los jefes militares de los sitiados, según la documentación, y a los otros dos se les cita con el nombre de pila en el episodio. Si se trata de ballestas, Sebastián sin duda era el indicado. El historiador Abreu habla de “un dardo o pasador” pero entiendo preferible la versión de Viera dada la larga tradición balesteira de la familia Docampo. Aquí, en el subtrópico, y luego, ya en latitudes americanas, la supremacía del arma será abrumadora: sin corazas, armaduras o cotas de malla que los retengan, los pasadores de hierro traspasaban piel, músculos y órganos como si fuera manteca.

Podemos añadir una pequeña reflexión sobre la esencia de la añagaza contra Hautacuperche. No es que estuviese dotado de cualidades cuasi divinas que lo volviesen invulnerable: el gomero confiaba en su aguda capacidad visual que le exigía concentrarse en el ballestero para captar el momento exacto del disparo y así, no perder ni una décima de segundo en la reacción defensiva: o esquiva o la inefable captura del pasador en pleno vuelo. La exhibición de Antonio de la Peña en la atalaya le convertía en un peligro móvil que exigía clavar ambos ojos en él sin que nada ni nadie pudiera interferir con esa tarea de control. Pensemos en un hombre-araña, aferrado al muro de la Torre con manos y pies. Sebastián, por una de esas saeteras en forma de llave, pudo apuntar con todo detenimiento, como lo hizo, justo al costado izquierdo, el del corazón. Luego el chiflido de la saeta partiendo del agujero redondo; la percepción aterrada del gomero en el último milisegundo; muerto.

viernes, 24 de diciembre de 2021

MOTIVOS PARA LA DESHEREDACIÓN

 

El invierno y el covid nos convierten en naturalistas

Pregunta: ¿Se puede desheredar a una hija por no haber asistido al entierro de su madre, esposa del testador?


Respuesta: Si una causa de desheredación es justa o no sólo puede decidirlo un juez tras la apertura de la sucesión. En mi opinión, y salvo otra mejor, entiendo que sí, puesto que de sus apellidos deduzco que hablamos de Galicia y de gallegos y en esta materia existen ciertas diferencias con el derecho Común. El Código Civil considera justa causa para desheredar a los hijos el haber “injuriado gravemente de palabra” al padre; sin embargo la Ley de Galicia omite la expresión “de palabra”, señal de que admite las injurias de facto. A mi entender, el no asistir al entierro de un padre o una madre, pudiendo hacerlo, implica una muda acusación atentatoria contra el honor familiar. Pero ya le digo, es una opinión más; de no ser admitida la causa, la única consecuencia sería que el desheredado pasaría a ser acreedor de un valor de 1/8 de la herencia, al tener que dividirse el crédito legitimario de 1/4 entre dos hijos; esa deuda podría pagarla el hermano favorecido incluso de su propio bolsillo.

 Hay que tener cuidado con los juegos del lenguaje: si por desheredar entendemos el “no nombrar heredero a un hijo, a varios o a todos”, puede hacerse libremente, sin ningún motivo. Incluso es lícito olvidarse de todos los hijos en el testamento; de hecho se hace muy a menudo, instituyendo heredero único al cónyuge en propiedad. La desheredación es otra cosa: la privación  a un hijo de la condición de acreedor de su parte proporcional en el cuarto del valor líquido de la herencia.



El libro segundo de Docampo versus Colón va de la estadía en Canarias. Sigue una muestra de su capítulo primero.

1.-Sebastián debió embarcarse en Málaga. El mar de Canarias era un piélago de otro signo, apacible y tibio como el río de Sevilla, tan distinto al mar de Galicia. Sería a principios de 1488, a raíz de la primera de las rebeliones de gomeros que narra Abreu y Galindo, porque durante la segunda, noviembre de ese año, ese mismo historiador ya nos hará ver a los Docampo en acción, disparando a través de las saeteras de la casa-torre-fortaleza de San Sebastián de la Gomera. Lo que de verdad extraña es que tardase tanto ese cambio de los aires. Extraña, porque tenían que estar sobre aviso, por un pariente lejano de que en las islas había trata sobre los cautivos en buena guerra, comercio condenable según la Iglesia, pero comercio al fin y al cabo.

Sin duda para los hidalgos o los que decían serlo, la guerra más atractiva siempre sería la de Granada: miles de propiedades a reparto, hornos, huertas, acequias, complementadas con moros horneros, zahories u hortelanos que las trabajasen. Pero un buen observador podría advertir una corriente de anhelos y deseos más profunda, imposible de detectar para el que sólo escuchase el grito unánime de los alardes: “¡Dios quiere Granada!” Los grandes linajes, los capitanes de los guardias reales, los maestres, caballeros y comendadores de las Ordenes militares, los mayorazgos, no pensaban otra cosa que ceñirse la servilleta y comenzar el banquete en el salón de Embajadores del palacio de los Nazaríes. Pero el pensamiento de “los otros” empezó a seguir un rumbo ¡tan distinto! que, en vez de una ciudad con Alhambra, acabarían conquistando un continente entero y mitad de otro: medio Mundo y dos océanos. Eran segundones, ilegítimos de sus linajes y conversos; dada la menor calidad de sus personas se habían dado de bruces, ya a raíz del reparto de Málaga, con la prosaica realidad de que apenas les llegarían las migajas. Un vomitivo puñado de maravedíes, como lo que se da a los leprosos. No obstante, los más letrados de este grupo, habían sido capaces de captar entre las farragosas cláusulas del tratado de paz de Alcaçovas, un incierto mensaje de esperanza: Portugal había renunciado en favor de Castilla a las islas de Lanzarote, Palma, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Graciosa, Gran Canaria, Tenerife y las islas comarcanas, que se decían infinitas. Aquí había buena guerra también para ellos si se arrojaban rápido a las naos: los mayorazgos son como los gatos: no se arriesgan con el agua salada, teniendo pitanza asegurada en tierra firme.

A Portugal le habían tocado en el reparto la India, la China, Indochina, Cipango, la Especiería y todas esas cosas que, como el Paraíso, nadie niega que existan, vale, pero ¿alguien las ha visto alguna vez? Y los reyes ¿qué? Los reyes, sonreían. Piensas que don Fernando te va a fulminar, empeñado como está en acabar con el moro, pero la guerra daba sus últimos cañonazos, de hecho, tenía ya amarrado un pacto secreto de rendición incondicional con el propio emir Boabdil. Y luego estaba la santa reina. Isabel soñaba con ganar multitudes para las huestes de Cristo. Ella, en su éxtasis sagrado, ya avizoraba más allá de los muros de Granada la Roja, por encima de la torre de la Vela, ¡plus ultra!¡Plus ultra! ¿De verdad alguien se había creído seriamente que tuviese intención de hacer obsequio del Universo a Portugal? Puede que tres cuartos de su sangre fuese portuguesa, pero lo que se dice reina, reina lo era ¿de dónde?, ah sí, de Castilla.

jueves, 16 de diciembre de 2021

COMO SE PAGA LA LEGÍTIMA

Foto Mercedes Rajoy


 Pregunta: ¿Puedo pagar la legítima a mis hermanos con dinero y completar el monto con las leiras?

 

Respuesta.-Antes que nada, un repaso de conceptos.  La legítima es una deuda. Los padres debemos a los hijos en castigo por haberlos traído a este mundo cruel, la cuarta parte del valor líquido de la herencia, a dividir entre el número de hijos.  Un ejemplo con 3 hijos: herencia de 160.000; deudas 40.0000 = 120.000 líquido. La cuarta parte = 30.000. Entre 3 = 10.000. Cada hijo resulta acreedor de 10.000. La deuda legitimaria puede estar ya pagada en vida (por donaciones, pactos sucesorios, perdón de deudas, etc.); pero si no ha sido así, la obligación de pago de esa, como de las demás deudas (por ejemplo, la tarjeta de El Corte Inglés), corresponde a los herederos.

La herencia es algo distinto: es la continuación de la personalidad de un ser humano difunto: en sus bienes, en sus deudas, en sus pleitos, etc.; pues para la Ley somos inmortales. Cada cual puede nombrar heredero a quien le convenga; por ejemplo, a todos sus hijos, a uno solo de ellos, a un sobrino, al Celta, al Deportivo (aun habiendo hijos), etc.

Con lo que ya tenemos claro que los hijos, por ser hijos, nada más que son acreedores, pero no herederos: eso sólo sucede si el testador quiere; y si no, no.

Siguiendo ahora con el ejemplo (herencia de 120.000 líquidos), vamos al caso que plantea: un tal Adán, tras declarar que tiene tres hijos, Caín, Abel y Set, testa así: “Instituyo heredero de todos mis bienes a mi hijo Abel”. Por tanto, muerto que sea Adán,  Abel hereda y toma posesión de la totalidad de sus bienes sin excepción, dinero en Banco, el piso, la finca de la aldea,  el reloj, el BMW, etc. etc. Al mismo tiempo, si acepta la herencia, responde de todas las deudas: el IBI, el pago de la tarjeta de crédito, la letra del coche, etc. Entre esas deudas, una más, es la que le debe a Caín y Set: 10.000 a cada uno.

 Ahora es cuando llegamos al intríngulis; o sea ¿cómo se hace el pago? Ciertamente el artículo 246, que lo regula, puede inducir a error al hablar primero de acuerdo (246.1) y luego de pacto (246.2). Vamos por partes.

─El art. 246.1 dice que los herederos “de común acuerdo” pueden optar entre pagar en bienes hereditarios o en dinero. Es decir, hay que elegir un solo plato del menú: o dinero o bienes. El acuerdo es entre los herederos, aquí los legitimarios no pintan nada. Naturalmente, si es un único  heredero, el acuerdo es consigo mismo, o sea que no hace falta. La cuantificación (“la mano”) corresponde al heredero; él es el que calcula el monto y, si el acreedor-legitimario no acepta el pago,  basta con que deposite la suma en el Juzgado. Cualquier protesta o reclamación, de haberla, deberá dirimirse en los tribunales.

El dinero utilizado en el pago da exactamente igual de donde proceda; sea del bolsillo del propio heredero, sea de la misma herencia o de otra, ya que se produce la confusión (mezcla) de patrimonios.

─El art. 246.2 se refiere exclusivamente al pago de la deuda en parte en dinero, en parte en bienes, tal como se plantea. Es decir, escoger dos platos del menú. Esta posibilidad está restringida al caso de que el testador la hubiera autorizado, o bien exista “pacto” al respecto. Este pacto, a diferencia del anterior, lo es entre el heredero y el/los legitimarios. Si están de acuerdo, no hay problema.

Caín ha quedado en muy malas relaciones con su hermano Abel y me tiene muy preocupado lo que pueda pasar.





El capítulo décimo de Docampo versus Colón explica quienes eran sus padrinos. Sí, ya en el siglo XV eran precisos buenos enchufes para medrar en la vida. Sin menospreciar al de más alto voltaje, la propia reina Isabel de Castilla, los padriños de andar por casa fueron Gabriel Varela y Alonso de Lugo, a uno deberá Docampo en gran parte sus mandos en Indias, al otro, los de Canarias.

A continuación, un anticipo:

Y es que Varela podía ser la quintaesencia del espíritu funcionarial, demasiado. En el segundo viaje colombino viajó para informar a la corona de la conducta del primer almirante y, fue tan sibilino, que aun desconocemos el sentido del testimonio que dio a sus altezas a su regreso, en 1496.  Se dice que reveló una por una las deslealtades de Colón, pero como si no creyera mucho en ellas. ¿Así que esas tenemos, Vareliña? Pues no viste nada malo cuando viajaste a la corte como invitado de la excursión del oro, con Colón pagando en tabernas y mesones con pepitas y bolsas de polvo dorado. Una anécdota revela mejor su carácter que mil palabras. En la isla Española su bachillerato salmantino le había valido una regiduría en el gobierno de La Isabela, la primera capital, pronto abandonada y en la que, aun hoy, morán espectrales conquistadores que, cuando saludan quitándose el sombrero, se quitan también la cabeza. En aquel tiempo las dificultades para la gobernación del almirante Cristóbal Colón empezaron a manifestarse bajo la forma de un rigor exorbitante.

Declaración del testigo Rodrigo Montoro en el llamado juicio de Bobadilla (que refrendará, entre otros Sebastián de Campo):

 

Que el almirante mandó ahorcar a Pedro Gallego (¡otro P.G.!) y a Vanegas, porque decían que vendían pan de lo del Rey a los cristianos (estaba racionado), y que el alcalde gallego que era entonces (Gabriel Varela) no quiso firmar la sentencia porque decía que no merecían la muerte 35.

 

¡Encomiable! ¡Un hombre de conciencia por fin! ¡Aaah!

¿De conciencia? ¡Qué dices! ¡Qué va! La única preocupación de un funcionario con pedigree ante una decisión dudosa es que no le afecte personalmente. ¿Estamos? Siempre hay un truco a mano que te salva el currículum, sin perjuicio de que el resultado fatal se cumpla con toda normalidad. Mmm.., había uno que era un hacha, lo tengo en la punta de la lengua… bueno, el caso es que ahora solo me acuerdo que era un romano, Poncio, Poncio algo…

 

Juan de Salazar, atestigua:

 

Que vio ahorcar a Vanegas y a Pedro Gallego y que un bachiller que era alcalde no los quiso sentenciar (Gabriel Varela) e hizo corregidor a Coronel, que era alguacil, para que los sentenciase 36.

 

Ingenioso. En Indias, el contino Sebastián de Campo debió ponerse a la órdenes de su capitán Gabriel Varela tan pronto este desembarcó en 1502; debían compartir buenos recuerdos de su estancia en la corte de Santa Fe 37. O tal vez fue Varela el que se comunicó con Docampo; quien puede saberlo. Parece cierta la influencia de Gabriel en la concesión al de Tuy de la misión de su vida, la conquista de Cuba: está en su papel de conseguidor. En las instrucciones que el Rey da en Toro a Ovando aquel le dice que

 

yo quería se descubriese algo de la comarca de la isla de Cuba, que se cree es tierra firme… son menester dos carabelas latinas de doce toneladas… 38.


Acabo de recibir de la editorial el 1º ejemplar impreso de Docampo versus Colón: huele a tinta que da gloria

jueves, 2 de diciembre de 2021

¿SON LEGITIMARIOS LOS PADRES?

 

Lagoas de Roxique, el Doñana de Sanxenxo

El caso consultado es mutatis mutandis, el siguiente:  el testamento de Pedro (un gallego de Castroforte del Baralla, sin hijos), otorgado en 2004, dice algo así “Instituyo heredero a mi sobrino y ahijado Perico, salva  la legítima de mi madre si  me sobrevive”. El fallecimiento de Pedro acaece en 2008. La madre, sobrevive al causante, falleciendo intestada en 2011, sin dejar hijos, pero sí unos cuantos nietos, uno de los cuales es Perico. La pregunta es ¿tienen algún derecho los restantes nietos a la herencia de Pedro?

 


Respuesta: Entiendo que no. Tras la reforma del derecho sucesorio de Galicia por ley 2/2006 los padres y/o ascendientes no son herederos forzosos, ni legitimarios, ni acreedores, ni nada; y su DºTª 2ª.2 prevé que la aplicación de una ley u otra depende de la apertura de la sucesión, es decir de la fecha del fallecimiento (que en este caso es posterior a 2006). Ciertamente, la ley vigente al otorgar el testamento (la 4/1995), preveía una legítima para los padres de la mitad de la herencia; pero el óbito se ha producido bajo la vigencia de la nueva. Y es claro que la palabra elegida por Pedro (legítima) denota que el testador se sometía a una obligación legal, pero en sus estrictos límites: desaparecida la coerción (“herencia forzosa”, la llama el código civil), desaparecido el derecho.

Por otra parte, entre nosotros gallegos, el término “ahijado” tiene una relevancia especial ¿a que sí?





El capítulo nueve de Docampo versus Colón va de su (breve) estancia en la guerra de Granada; determinados indicios permiten rastrear al gallego en el cerco de Málaga. Mal de todo no lo haría, pues obtuvo un puesto de contino (funcionario) para toda la vida. Aunque, y que esto no salga de aquí, la verdad es que iba bastante enchufado.


Sería el salario correspondiente año 1487 por la recaudación del diezmo de Sedella en las zonas conquistadas. Si es el mismo, sería la primera vez que se le identifica en público por el Campo, algo que para un gallego tendría un aroma muy especial a Compostela; si no, lo más probable es que disfrutase de alguna sinecura similar. La necesitaba. Los cronistas también atribuyen a Sebastián la condición de contino 9, palabra que hace alusión a salario continuo pero que, en tiempos de escasez, significaba hambre continua. No todos los continos eran iguales; aquellos que no tenían títulos ni eran bachilleres, eran menos iguales. Menos mal que los Sotomayor cuidan de los Sotomayor y, como hemos visto, a Sebastián también se le podía pagar su salario de contino con 50 fanegadas de tierra en Arautavo. La corona tenía una larga mano para recompensar una función que, si bien tuvo su origen en el servicio en la Guardia Real, acabó derivando en la realización de las más variadas misiones como agentes mundiales de la voluntad de los monarcas.

En materia de combates, decíamos, Santiago Matamoros tardó en incorporarse a la batalla. Retrasar, a veces se retrasa, pero jamás abandona a sus queridos hijos. En la siguiente acción es imposible no intuir el resplandeciente reflejo de su divina cimitarra. Querríamos ver en ella la primicia de las habilidades negociadoras de Sebastián: se trataba de ajustar con don Fernando un premio económico, pero aun le vemos algo verde para estas lides negociales con tan alta persona. Lo que es imposible es que un guerrero nato no hubiese estado en la acción:

 

El Rey mandó ofrecer un cuantioso premio al soldado que le presentase a uno de los defensores malagueños. Esto animó a intentar la hazaña a los gallegos de las estancias próximas a las murallas de Gibralfaro (la posición fuerte de la sitiada Málaga). Habían sorprendido las señales convenidas por los que a cierta hora salían, con grandes precauciones, de la villa a recoger en los alrededores de Gibralfaro juncos y hierbas para alimento de las cabras encerradas en las defensas de la plaza. Idearon un ardid muy secreto. Había allí un cementerio de judíos, que suelen establecerlo en campo abierto. En las sepulturas, elevadas bastante del suelo según la costumbre judaica… 10

 

Pero permitidme que interrumpa el relato aquí, no quiero dar la impresión equivocada de que Sebastián estaba inmerso en el combate con sus cinco sentidos. Había salido del terruño en busca de ganancia y en esta guerra ¿qué había? Nada. Nada de nada. Estaban todos los grandes capitanes de la cristiandad en busca de pitanza ¿qué esperanza le quedaba a un paje algo paleto? Ninguna.

 Lo inverosímil es que a veces se presentaba en el campamento Alonso de Lugo, un Docampo de pro y ponía bandera de recluta para las guerras que mantenía contra los guanches de Canarias. ¡Y los reyes le dejaban! ¿No habíamos quedado en que esta era una guerra total contra el moro? ¡Pues no! Había otra empresa tan importante y simultánea, que consistía en ponerle un tapón al flujo incesante de naves portuguesas en demanda de la ruta a la India. El tapón eran las islas de Canaria: para los Reyes, pelear allí valía tanto como matar infieles en Granada. Los que estaban con Lugo se hacían ricos cazando esclavos en África, no en esta guerra de miseria. Y, ¡vamos!, por decirlo todo, Lugo era un hombre de la casa con tres enlaces Campo en su árbol genealógico y que le recibiría encantado. Con permiso de Varela, que no tenía porque no llevar tajada. Todo esto tenia que rondar la cabeza de Sebastián y la perspectiva de una pelea a muerte por un puñado de maravedís, como la que se va a desencadenar ahora, bajo el peñasco de Gibralfaro, no hará más que reforzar su convicción.

¡Peleados por la recompensa! ¡Peleados por un moro tuerto que habían cazado en el cementerio judío! ¡Van y se lo quieren robar! Decíamos que en las sepulturas, elevadas del suelo según la costumbre judaica…

 

se escondieron algunos gallegos que contaban con el auxilio de sus compañeros iniciados en el secreto.

Cuando seis de los malagueños volvían a la ciudad, los gallegos, bien prevenidos, saliendo de la emboscada, los acometieron y, tras revuelta pelea, dieron muerte a cuatro e hicieron prisioneros a los otros dos. De estos uno, gravemente herido, no sirvió para lo que pretendían. Del otro intentaron apoderarse algunos grandes para congraciarse con el Rey, pero el cabo, se lo dejaron a los gallegos. Quiso don Fernando saber por él la verdadera situación de la ciudad… apretado, acabó por confesar la verdad… 11

 

Apretado ¿qué confesó? Esto. De los 5000 defensores iniciales e Málaga, 1000 ya moraban en el Paraíso y otros 1000, heridos, aguardaba su turno; habían consumido la pólvora, las provisiones y reventado las espingardas. En cuanto a la recompensa, según se deduce, hubo que repartirla con algunos grandes de España. Y si estás pensando en hacer una reclamación del cuantioso premio al rey Fernando, mejor sería que reparases en su mirada ausente. Tiene ideas propias sobre el mantenimiento de la palabra dada. Ídolo de Maquiavelo, esto es lo que el florentino afirma de su admirado monarca:

 

nunca ensalza nada que no sea la paz y la buena fe, y sin embargo es el más hostil, y respecto a mantener la palabra, si lo hubiera hecho, no habría conservado ni la fama no el reino durante mucho tiempo 12.

 

Docampo juntaría las manos sobre la boca echando cuentas. Aquí estos moros cobardes que empiezan a flaquear y ¿qué le queda a un hidalgo? —no lo era, pero ¡que alguien se atreviese a negarle el tratamiento!— Poco tiempo le hará falta para sacar conclusiones. Ocho siglos de lucha contra el Islán estaban terminando lastimosamente y los caballeros —tampoco lo era, pero podrías llevar una puñalada por hacerte el listo— se miraban perplejos en las tabernas, sin saber muy bien que pensar. Muy poca ganancia quedaba en la Vega de Granada, importantes capitanes, Pulgar, Ponce de León, Fernández de Córdoba que será llamado El gran capitán, se rifaban ya los caseríos, fincas, molinos, hornos y habitantes de Málaga.

 

Málaga, que se rindió en agosto de 1487 después de un sangriento asedio de cuatro meses, una inmensa pérdida de vidas humanas y la condena a la esclavitud de prácticamente toda la población superviviente, incluidos mujeres y niños 13