jueves, 21 de diciembre de 2017

AUMENTAR O REDUCIR METROS A LA FINCA

 
Sanxenxo
Pregunta a Enrique Rajoy:
Soy titular de una finca escriturada y registrada con 1.000 metros cuadrados, pero catastrada con 1.080 m2, siendo la superficie real de 1.100 m2. ¿Puedo escriturar la venta constando ya los 1.080 metros cuadrados del catastro y que todo quede en regla?

Respuesta: Sí.

martes, 19 de diciembre de 2017

OLVIDARSE DE LA LEGÍTIMA

Foto: Mercedes Rajoy

Pregunta pública a "Formulario de Contacto": Quiero instituir heredera universal en pleno dominio (no sólo en usufructo) a mi esposa pudiendo vender, hipotecar, operar en banca y, en general, hacer lo que quiera con todos los bienes tanto privativos como gananciales, pero me parece muy feo poner en el testamento que dejo a mi hijo la legítima. Me gustaría saber como puedo hacer el testamento sin que aparezca que le dejo a mi hijo la legítima.

Respuesta:

lunes, 18 de diciembre de 2017

PISO DE SOLTERO CON HIPOTECA DE CASADOS




Las Palmas "vieja"

Pregunta a Enrique Rajoy: Piso propiedad de uno sólo de los novios que van a contraer matrimonio, el cual lleva años pagándolo con un préstamo hipotecario. Se quiere saber en qué porcentaje lo hará suyo el otro, si, tras la boda, se sufraga el préstamo con fondos gananciales.

Respuesta:

martes, 12 de diciembre de 2017

EL PRELEGADO

Casa de Galdós en Las Palmas

Pregunta pública a “Formulario de Contacto”: De tres hijos, uno ha sido apartado y el causante, en su último testamento, lega un piso* a cada uno de los dos restantes a los que instituye herederos conjuntamente. Se cuestiona si el hijo apartado debe intervenir en la adjudicación de herencia o, si los dos restantes deben aceptar conjuntamente. Se extraña el consultante de que se pueda ser legatario y heredero a la vez.

(*hablo de “pisos” en vez de “inmuebles” por ser más visual)

Respuesta:

lunes, 11 de diciembre de 2017

LIQUIDACIÓN FISCAL DE LA LEGÍTIMA GALLEGA

Casco antiguo de Las Palmas de Gran Canaria

Pregunta pública a “Formulario de contacto”: Siendo el legitimario, conforme al c.c. Gallego, un mero acreedor ¿debe liquidar el impuesto de sucesiones? Y, en caso afirmativo, ¿en qué momento? Siendo el plazo para el pago de la legítima 1 año desde que se reclama, y siendo el plazo para el pago del IS 6 meses desde el fallecimiento del testador... ¿cuándo debe pagar y cuanto si no sabe cómo le van a pagar, es decir, en bienes hereditarios o dinero? El planteamiento de la liquidación del impuesto cambia en función de “él que”, es decir, si va a heredar un bien que luego va a vender, por ejemplo, le interesa liquidar ese bien por un valor “en venta”, acogiéndose a la exención de 400 mil € para, tras la venta del mismo, pagar menos plusvalía.

Respuesta:

viernes, 1 de diciembre de 2017

EL LEGATARIO REMOLÓN

O Cebreiro, donde transcurre "Sopa de Sesos"

Consulta pública al “Formulario de Contacto”: De 3 hermanos, uno ha sido instituído heredero, asignándose legados a los otros 2. El heredero ha aceptado y otorgado la entrega de los legados, aun pendiente de aceptación. ¿Perjudica al heredero si los legatarios repudian a los 5/10 años o más? ¿Cómo se les puede obligar a pronunciarse?

Respuesta: