viernes, 30 de octubre de 2015

LA SEMANA QUE VIENE CAMBIA EL RÉGIMEN DE LA PROPIEDAD






La semana que viene cambia el régimen de la propiedad en España por efecto de la entrada en vigor de la Ley 13/2015. Los cambios más destacados, son:

CULPABLES LOS PADRES DE ASUNTA



El jurado ha decidido la culpabilidad de ambos padres. De acuerdo en cuanto a la madre; por lo que hace al padre, tal vez hubiera librado con un juez profesional, puesto que la prueba era inexistente y hubo que recurrir al paternalismo del presidente: "...recuerden, jurados, que los indicios también son pruebas..." Veremos lo que pasa en los recursos, pero la investigación ha sido manifiestamente mejorable. Ignoramos el móvil, el arma homicida (¿papel de los polvitos blancos?) y hasta la presencia o no de los condenados en la escena del crimen. Continuará... por desgracia para la Justicia. 

lunes, 26 de octubre de 2015

BODAS DE TRES ¿POSIBLES EN GALICIA?


            En Brasil ya se llevan celebradas dos “bodas de tres”. La primera, va a hacer más de tres años, había sido celebrada entre un hombre y dos mujeres ante la notaria de Tupa (Sao Paulo) doña Claudia Domíngues. Hoy sabemos de una nueva boda “poliafectiva” celebrada esta vez entres tres mujeres (una dentista, una empresaria y una gerente), ante la notaria de Río de Janeiro, doña Fernanda Freitas de Leitao. Recordemos que en Sudamérica las bodas se suelen celebrar ante notario, como ahora en España. Por lo que sabemos, en el contrato matrimonial se pactó el régimen de separación de bienes, la tutela y decisión recíproca sobre intervenciones médicas y la maternidad (por inseminación) a cargo de la empresaria, si bien la criatura llevará los apellidos de las tres.

NUEVA FISCALIDAD SUCESIONES Y TRASMISIONES: LA XUNTA PRECISA


A)    ADQUISICIONES POR CAUSA DE MUERTE Y SEGUROS DE VIDA:

a)      REDUCCIONES POR PARENTESCO:

—Descendientes menores 21 años: 1.000.000 euros (y 100.000 más cada uno menos de los 21)+99% cuota.
—Descendientes menores de 25 años: 900.000 euros (100.000 menos por cada año mayor de 21).
Descendientes, ascendientes y cónyuges en general: 400.000 euros.
—Hermanos, sobrinos, suegros, yernos y nueras: 8.000 euros.

martes, 20 de octubre de 2015

EXENTA DE IMPUESTOS LA VENTA DE FINCAS

MEJOR SANXENXO QUE MALLORCA, MAJESTAD

A partir del 1 de enero del 2016 dejarán de estar sujeta al impuesto del 10% la venta de fincas en Galicia, quedando, al parecer, completamente exenta. Así resulta del llamado por el Presidente Feijóo “PLAN DE IMPUESTOS CERO EN EL RURAL” aprobado ayer y que formará parte de los Presupuestos que se aplicarán a partir del 2016. En esencia, el plan consiste en lo siguiente:

jueves, 15 de octubre de 2015

EXENTOS 400.000 EN SUCESIONES. LOS HERMANOS PARECE QUE NO

LA CIUDAD DE LA SANGRE, de Jacques Millot (click: gratis total)

    

       Tras una lectura en original del Diario de Sesiones del Parlamento Gallego, Jacques cree que algunas cuestiones van aclarándose. Según la transcripción de dicho Diario, esto es lo que Feijóo dijo ante la Cámara:
            "E, igualmente, o 99% dos galegos non pagarán o imposto de sucesións e doazons cando herden como fillos, pais, avos, netos ou cónxuxes. E o 1% restante pagará menos. Isto e así porque, en herdanzas de este tipo, quedarán exentos de este imposto os primeiros 400.000 euros. E só se tributará a partir de esa cifra".

          PREGUNTAS:

miércoles, 14 de octubre de 2015

¡SE ACABÓ EL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES!

            El Presidente Feijóo acaba de anunciar que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se ha terminado para el 99% de los gallegos y que, para el 1% restante, se reduce a fondo. La nueva fiscalidad se aplica a Herencias, Pactos Sucesorios y Donaciones.
            Las novedades a partir de 1 de enero del 2016 son (para el tramo de ascendientes, descendientes, esposos y emparejados, en otros casos, consultar:)

domingo, 11 de octubre de 2015

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: GEORREFERENCIA (glups)


COLECCIÓN LÍQUIDOS&LIQUIDADOS: SOPA DE SESOS

Como el tema aun está pendiente de un Diktat conjunto "Dirección General de los Registros(sic)-Dirección General del Catastro", Jacques se limitará a unas pinceladas sobre la incidencia presumible de las disposiciones geográficas de la Ley 13/2015 sobre el Derecho de Galicia.

viernes, 9 de octubre de 2015

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: DECLARACIÓN DE EDIFICACIONES

COLECCIÓN LÍQUIDOS&LIQUIDADOS: UNA GOTA DE CHANEL (click aquí)

El nuevo art. 202 de la LH (que entra en vigor el 01/11/2015) mantiene la dicotomía tradicional para declarar edificios de, o escritura independiente de “Declaración de Obra Nueva”, o aprovechamiento de otro “Título referente al inmueble”, con los consabidos añadidos de la “Licencia”, “Certificación Técnica”, “Seguro Decenal” y la  “Primera Ocupación”.
Las novedades a partir de 1 de noviembre, son:

jueves, 8 de octubre de 2015

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: EL "ENGORDE" DE LAS FINCAS

El art. 201 de la ley 13/2015 que entra en vigor el 1 de Noviembre próximo, trata de la rectificación de la "descripción, superficie y linderos de las fincas". Es de suponer que su aspecto más conflictivo serán los excesos de cabida, pues es un hecho universalmente admitido que en Galicia las fincas no suelen menguar. Como advertencia previa, hay que señalar que este procedimiento no es aplicable al aumento de edificaciones, a la concentración parcelaria o a las reparcelaciones urbanísticas (que siguen normativa especiales). Y que no hace falta recurrir a él para cambiar el nombre y nº de la calle al compás de los gustos municipales. Por ejemplo, de calle del Generalísimo a avenida Txipras. Dicho lo cual, vamos al análisis de los diversos supuestos que prevé el art. 201 LH:

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: INMATRICULACIÓN POR DOBLE TÍTULO

IL BRAGUETTONE: LA VERDADERA HISTORIA DEL JUICIO DE LA SIXTINA (Click aquí)

Este es el otro de los dos métodos básicos de registración que subsisten, al haber desaparecido el tercero, el Acta de Notoriedad (desaparecerá el 1/11/2015 por efecto de la Ley 13/2015). Consiste en adquirir por título público de quien adquirió por título público (Venta, Herencia, Pacto Sucesorio, Auto de Divorcio, etc.). Es la auténtica navaja suiza, el procedimiento multiusos del sistema gallego, por lo que habrá que pararse en las diferencias que entran en vigor el 1 de Noviembre. Se regula en el art. 205 de la nueva LH.

miércoles, 7 de octubre de 2015

REFORMA PROPIEDAD PARA DUMMIES: EL NUEVO EXPEDIENTE DE DOMINIO


O BOTAFUMEIRO DE OURO (CLIC AQUÍ)

A partir del 1 de noviembre próximo el Expediente de Dominio pasa de los Juzgados a las Notarías, al entrar en vigor la ley 13/2015. Las novedades merecen ser estudiadas con calma porque este es el Expediente mediante el cual las propiedades se registran fehacientemente a favor de sus dueños: no olvidemos que Galicia es el territorio de las fincas sin registrar pero que es preciso inscribir urgentemente para que el Banco te dé el préstamo. Vamos, pues, con el nuevo artículo 203LH: