El testamento válido puede hacerse en casa, sin necesidad de acudir al notario.
Deberá estar escrito todo él y firmado por el testador, con expresión del año, mes y día en que se otorgue. Se llama ológrafo y permite disponer desde, de una finca, a toda la herencia. Si se refiere sólo a parte de la herencia, conviene aclararlo para evitar la revocación "sin querer" de uno anterior.
Deberá estar escrito todo él y firmado por el testador, con expresión del año, mes y día en que se otorgue. Se llama ológrafo y permite disponer desde, de una finca, a toda la herencia. Si se refiere sólo a parte de la herencia, conviene aclararlo para evitar la revocación "sin querer" de uno anterior.
La diferencia con el habitual es que el testamento notarial es auténtico desde que uno sale por la puerta del notario; en cambio, al ológrafo hay que autenticarlo después del fallecimiento del testador. Para ello, con el certificado de defunción a mano, deberá acudirse al notario de referencia, que hará unas comprobaciones: interrogar a 3 testigos que conozcan e identifiquen la letra del testador o, si no los hay, llamar al perito calígrafo; citar a los parientes cercanos, etc.. Una vez convencido de su legalidad, el notario lo protocolizará. Este mismo trámite puede hacerse en el juzgado. Protocolizado que sea, es un testamento normal, como cualquier otro.
Resumiendo un poco a lo bruto, en los testamentos clásicos el notario interviene mientras el testador aun vive; en los ológrafos, su papel surge después del fallecimiento.
En cualquier notaría estarán encantados de darte mayores precisiones, si las necesitas.
Muy claro y muy preciso
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