TURANDOT EN LA ARENA DE VERONA |
Una.-El crédito legitimario es una partida del Pasivo en el
Impuesto de Sucesiones. De suerte que si dejo heredera única a mi esposa (por
ejemplo, de una cuenta de 100.000) y reconozco la legítima a mis tres hijos (o
sea, una deuda de 25.000), la Base por la que deberá tributar mi viuda, snifs,
son 75.000 (100.000-25.000).
Dos.-Para el cálculo de legítimas no computan las indemnizaciones
de Seguros de Vida (¡ojo!: para Hacienda, sí), ya que estas se reciben por vía
distinta a la sucesoria. De suerte que sí, en el caso anterior, la viuda lleva
a mayores 250.000 euros por Seguro de Vida, no se cuentan y la legítima sigue
en 25.000 a repartir entre los 3 hijos.
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