lunes, 27 de febrero de 2017

DESCALIFICACIÓN DE LAS VIVIENDAS DE PROTECCIÓN AUTONÓMICA

Foto Mercedes Rajoy

Respuesta a consulta on-line
La Ley de Vivienda de Galicia en su artículo 58 autoriza en situaciones excepcionales (como la actual, de falta de demanda por la crisis) “la excepción del requisito de acceso a las viviendas protegidas”, procediéndose a la devolución de las ayudas correspondientes a esas viviendas. Ahora bien, hay que tener en cuenta dos requisitos:
1)      Que la vivienda se destine a domicilio habitual y permanente. Por ejemplo, no sería apto un comprador que tuviese otra VPA, ya que sólo hay un domicilio.
2)      Que se mantengan los precios máximos de venta o renta durante la vigencia del régimen de protección. Debes consultar en la Xunta dichos topes en venta o alquiler.


Consultas Enrique Rajoy Feijóo: notaria@rajoyf.com  .C/Cantón Grande 5, 2º dcha. A Coruña15003. Tlf 981223795. Dando nombre y teléfono. Cuestiones notariales. No letradas ni personales.

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