martes, 25 de febrero de 2020

¿SE PUEDE PRESCINDIR DEL CONTADOR-PARTIDOR?


Preguntas.
*Ayer se ha recibido esta: ¿se puede prescindir del contador-partidor?

Sí, claro. Los herederos, de mutuo acuerdo, pueden realizar la partición prescindiendo del "albacea, contador-partidor, comisario, testamentero, etc." (con todos esos nombres se denomina al cargo), 
Salvo:
-En el Derecho de Galicia "cuando el testador impusiera expresamente su intervención" (art.288.1). El testamento debe decir algo así: "La particiòn será realizada necesariamente por don Perico de los Palotes, abogado de Castroforte del Baralla".

-En el resto de los derechos peninsulares se produce un efecto parecido, pero en negativo, por la STS de 20/10/1992: "Siempre que el testador no lo hubiere prohibido expresamente". El testamento diría algo así: "Queda prohibida la práctica de la partición sin intervención del contador-designado".

Si no existe esos problemas, por activa o por pasiva, los herederos pueden realizar la partición del modo que tengan por conveniente, prescindiendo del contador-partidor nombrado en el testamento.

P.D.-Y no está de más recordar que el contador-partidor "sólo actuará por requerimiento de cualquier partícipe en la comunidad hereditaria". Es decir, que no puede ir por libre.


*Ayer también: ¿Tenemos que registrar el piso a nombre de nuestro fallecido padre para poder venderlo?

Respuesta: en algún momento, habrá que hacerlo, ya que si no, el comprador no podrá registrarse. Ello es por el principio del "tracto sucesivo"; los sucesivos titulares forman una cadena y no se puede saltar ni un eslabón: de un vendedor sale un comprador, de este un heredero, de este un donatario, etc. Cierto es que a menudo se hace sobre la marcha en la notaría: la adjudicación de herencia (poner el piso a nombre de los herederos) y la venta (ponerlo a nombre del comprador); luego se mandan al registro las escrituras por su orden y ya está. Pero si el comprador va a pedir hipoteca el Banco querrá ver la finca ya registrada a nombre de los herederos, para asegurarse de que no está ante una sucesión complicada o disputada. Si arreglan antes los papeles, mejorarán el precio del piso.


*Anteayer, una pregunta sobre los Seguros de Vida que complementan las hipotecas.

Esos seguros, en realidad "seguro de amortización en caso de fallecimiento", se constituyen sobre la vida de alguien: de uno de los miembros de la pareja hipotecante, de los dos, del avalista, etc. El préstamo quedará pagado automáticamente al producirse el siniestro contemplado en la póliza. Tienen que mirar con calma en la póliza sobre la vida de que persona está constituida la garantía.


*El viernes, preguntaron lo que tarda en inscribirse en el Registro Civil un divorcio ante notario.

Dependerá de la diligencia del funcionario del Registro: un día, una semana, quince días, un mes... De todo se ve. Lo único que puedo decirle, por mi experiencia, es que la cosa va un poco más rápida que con otros procedimientos de divorcio, ya que el notario suele remitir la escritura al registro el mismo día o el siguiente. Hay que tener en cuenta que los efectos se producen desde el mismo momento de la firma del divorcio ante el notario no desde el registro. Por ejemplo, para contar los tres meses necesarios para contraer nuevo matrimonio.


*El viernes también preguntan sobre las pruebas que pide el notario en un Expediente de Abintestato, en particular sobre el hecho de que una persona no es hija de otra.

Pregunta usted sobre un clásico del derecho: La probatio diabólica (la prueba del diablo). Se refiere a la prueba de los hechos negativos, que ya los romanos pensaban que no se podían probar. ¿Se puede probar que no existen cocodrilos en Sanxenxo? ¿Se puede probar que una persona -por los motivos que sean- no tiene hijos? No se puede. Los notarios suelen exigir la declaración de dos testigos que hayan conocido a la persona cuyo abintestato se tramita y que declaren, por su conocimiento personal, que no dejó personas con vínculo familiar como "hijos", todo ello bajo pena de delito de falsedad. Es posible que el sentido de la la responsabilidad de determinado notario le lleve a exigir otro tipo de pruebas, pero no pienso que estemos ante algo rígido: podrá llegar a su convencimiento por uno u otro medio. Y si algún interesado no está de acuerdo, tiene abierta la vía de los Tribunales.
Puente de Carnavales: Vampiros en Caixa-Forum, Rodín y Giacometti
 en fundación Mapfre, el Magnificat de Bach en el Auditorio Nacional..
 (e aquí un galegista que no tiene nada contra Madrid)

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