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martes, 5 de abril de 2016

IKER CASILLAS&SARA CARBONERO/MARIO CONDE&MARÍA PEREZ


MATRIMONIO Y DIVORCIO ANTE NOTARIO

Los mass media comentan estos días la significativa reducción del número de divorcios, haciéndose eco de fuentes de los juzgados, siendo casi unánime achacar a "la crisis" la causa del fenómeno. No dice mucho de su perspicacia que ninguno se haya preguntado si la posibilidad de otorgarlos ante notario a partir del 23 de julio pasado tiene algo que ver: ¿no será que no se han reducido los divorcios, sino los "divorcios judiciales"?

viernes, 20 de noviembre de 2015

LAS RE-BODAS

ILLA DE SÁLVORA

Las bodas re-celebradas (aquellas en que los mismos se casan, se divorcian y se vuelven a casar) sueñen llevar aparejada una problemática especial derivada de existir, no solo ya una experiencia previa, sino también una liquidación patrimonial conclusa, que quizás no se quiera poner patas arriba. Por otra parte, en la experiencia de Jacques, es frecuente que la motivación de la pareja para volver sea tan solo el amor o el deseo de compañía, pero que se deseen excluir los efectos económicos, por haberse acostumbrado manejarse independientemente.

miércoles, 4 de noviembre de 2015

¿COMO CASARSE? ¿CUANTO SE TARDA? ¿CUANTO CUESTA?


La boda ante notario de Cristina Pedroche y David Muñoz ha vuelto a multiplicar las preguntas sobre la mejor forma de casarse. Como este es un tema agradable ¿por qué no reincidir en él?

lunes, 26 de octubre de 2015

BODAS DE TRES ¿POSIBLES EN GALICIA?


            En Brasil ya se llevan celebradas dos “bodas de tres”. La primera, va a hacer más de tres años, había sido celebrada entre un hombre y dos mujeres ante la notaria de Tupa (Sao Paulo) doña Claudia Domíngues. Hoy sabemos de una nueva boda “poliafectiva” celebrada esta vez entres tres mujeres (una dentista, una empresaria y una gerente), ante la notaria de Río de Janeiro, doña Fernanda Freitas de Leitao. Recordemos que en Sudamérica las bodas se suelen celebrar ante notario, como ahora en España. Por lo que sabemos, en el contrato matrimonial se pactó el régimen de separación de bienes, la tutela y decisión recíproca sobre intervenciones médicas y la maternidad (por inseminación) a cargo de la empresaria, si bien la criatura llevará los apellidos de las tres.

jueves, 27 de agosto de 2015

NUEVOS "TIPOS DE BODAS"


VAMOS A INICIAR AQUÍ UNA CLASIFICACIÓN SOBRE "TIPOS DE BODAS"

1) BODAS EN ESTABLECIMIENTO HOSTELERO:

(NOTICIA TOMADA DEL DIARIO LA NUEVA ESPAÑA DE HOY)

Una pareja gijonesa estrena en el concejo las bodas ante notario
La posibilidad de sellar los enlaces sin funcionarios judiciales o ediles se basa en la nueva ley de Jurisdicción Voluntaria



Gijón acogerá mañana el primer acto civil donde un notario tramitará un expediente matrimonial, sin intervención alguna de funcionarios judiciales o concejales. Será, eso sí, fuera del despacho de la Notaría del Muelle a donde la pareja de gijoneses acudió para completar el trámite. La ceremonia civil, oficiada por el letrado José Clemente Vázquez López, se desarrollará en un establecimiento hostelero de Castiello donde el matrimonio sellará su enlace ante una treintena de invitados. No obstante, dicho trámite no implica una mayor premura en la firma de los votos matrimoniales pues es necesario iniciar previamente un expediente en el Registro Civil, un paso que la pareja ya ha superado. Fue en el propio Registro Civil donde conocieron que serían los primeros gijoneses que acuden a un notario para celebrar su matrimonio con plenas competencias.
Desde la entrada en vigor, el pasado mes de julio, de la ley de Jurisdicción Voluntaria los notarios han asumido nuevas funciones, entre ellas la de celebrar bodas, otorgar escritura pública de separación o divorcio, o formalizar un acto de conciliación.
El trámite, orientado a descongestionar la Administración de Justicia, no costará más que cualquier otro instrumento de carácter público como un poder, un testamento o una capitulación matrimonial. La novedad con los enlaces matrimoniales es que permite a los notarios unirse a un largo elenco de personas competentes, como el juez encargado del Registro Civil, los jueces de paz, alcaldes y concejales en quienes deleguen, así como secretarios judiciales y funcionarios diplomáticos y consulares que hasta ahora venían oficiando esos actos.
Junto a los contrayentes, suscriben la escritura de contrato matrimonial dos testigos. Con la misma formalidad los notarios ya venían interviniendo en la creación y en la regulación de las parejas de hecho. Su incorporación al grupo de funcionarios con plenas competencias en este ámbito permite extender las opciones de las parejas que deseen casarse.

COMENTARIO.-Jacques discrepa en eso de que no se ahorre tiempo, salvo que, una vez terminado el Expediente, el Juzgado o el Alcalde te señale fecha para el día siguiente o un par de ellos. En general, te señalan meses para la celebración, y esa es la principal ventaja de la boda ante notario, no la del restaurante. Venga, va, eso siempre que te importe un pimiento que te echen de casa, te embarguen por deudas de tu marido o tengas que pagar pensión a tu mujer. Si te importa, entonces la principal ventaja es que en las bodas notariales se suele prever todo eso estableciendo y eligiendo un régimen matrimonial, mientras que en las judiciales o municipales suelen pasar del tema (salvo que vayas "además" al notario). El coste de las bodas ante notario ronda los 90 euros y una colita de cigala.

2) BODAS EN MOTO:

(NOTICIA TOMADA DE EL FARO DE VIGO del 11/09/2015)

Una pareja de O Grove es la primera de la provincia que contrae matrimonio ante notario

No querían que los casara un cura ni un político -Celebraron la ceremonia en La Atlántida -Fue una boda atípica y divertida

11.09.2015 | 04:39
En el banquete hubo muchas sorpresas. // FDV
En el banquete hubo muchas sorpresas. // FDV

Los grovenses David Otero Mascato y Ángela Serra Garrido se convirtieron el pasado fin de semana en la primera pareja de la provincia que contrae matrimonio ante notario, de acuerdo con la nueva normativa que les da competencias para ello, la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
La ceremonia tuvo lugar el pasado fin de semana en la emblemática finca La Atlántida, un paraíso para los participantes en este tipo de banquetes, con vistas paisajísticas incomparables sobre A Lanzada y el océano.
David y Ángela estuvieron arropados por un buen número de familiares y amigos que se lo pasaron en grande, sobre todo porque durante el banquete "hubo muchas sorpresas, tanto para los invitados como para nosotros", relatan los dos grovenses.
"Fue una boda un poco atípica, no solo por ser ante notario, sino también por celebrarse un viernes, que viene muy bien para descansar durante todo el fin de semana", bromea Ángela Serra.
Para que su enlace se hiciera realidad actuó como maestro de ceremonias, y dicen que fue un espectáculo, el también grovense Jacobo Otero Garrido, mientras que el encargado de dar formalidad y oficialidad al enlace fue el notario Pablo Pazos Otero, titular de la única notaría existente en la villa meca.
Cuando se pregunta a Ángela Serra y David Otero por qué decidieron casarse ante notario responden que "fue una alternativa que nos gustó desde que empezamos a oir hablar de ella, y en cierto modo estuvimos esperando a que se aprobara la nueva ley para poder acogernos a ella".
Simplemente querían hacer algo diferente, y desde luego "no queríamos que nos casara un cura ni un político, por eso recurrimos al notario".
La Ley de Jurisdicción Voluntaria entró en vigor a mediados de julio para tratar de simplificar los trámites en los asuntos sin controversia, tratando de descargar la Administración de Justicia con la simplificación de los expedientes y la desjudicialización de algunos asuntos que ahora pueden ser tramitados por notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
Esa jurisdicción voluntaria es de aplicación en algunos asuntos del orden civil y mercantil, abriendo la posibilidad de que las bodas se celebren ante notario, aunque se pueden seguir haciendo en el Registro Civil y los Ayuntamientos.

(Titular alternativo: BODAS EN VIERNES)



miércoles, 5 de agosto de 2015

NOVIOS QUE OS VAIS A CASAR...


Desde el 23 de julio pasado los matrimonios civiles se celebran ante Secretario Judicial, Concejal-delegado o Notario. Estos últimos, que son los que Jacques conoce, se caracterizan, aparte de por la posibilidad de designar día y hora, por llevar aparejada como complemento lógico el otorgamiento de un “contrato matrimonial”. Estas (u otras, según los casos) serán algunas de sus cláusulas:

jueves, 9 de julio de 2015

JV PARA DUMMIES: ¿ME PUEDO CASAR ANTE NOTARIO EL 23 DE JULIO DE 2015?



Antes de entrar en materia, permitidme que centre el tema.
En la actualidad (antes de la entrada en vigor de la LJV) existen básicamente dos clases de matrimonio en España:
1ª) Matrimonio Business Class, para ricos. Se caracteriza por:
1.-Se casan el día que quieren con su cura de confianza.
2.-Capitulan el régimen que quieren (Separación, Gananciales, Participación...), después de ser informados.
3.-Para el caso de disolución, pactan como mínimo la posibilidad de pensión o compensaciones y el uso de la vivienda familiar.

martes, 12 de mayo de 2015

FUTUROS NOVIOS, DESPOSADOS, DIVORCIADOS...

            La ley de la Jurisdicción voluntaria, recientemente aprobada en el Congreso y que entrará en vigor el 15 de julio, prevé la posibilidad de tramitar y otorgar el matrimonio y el divorcio (éste, de mutuo acuerdo y sin hijos menores) ante Notario. Siendo una inquietud que está en la sociedad gallega, Jacques va a intentar aquí la síntesis de lo que en nuestra sociedad electrónica se llama "PREGUNTAS MÁS FRECUENTES".

BAJANDO A TUMBA ABIERTA EL CASTROVE... ESTO

lunes, 15 de septiembre de 2014

¿PUEDO CASARME YA ANTE NOTARIO? LA LEY DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

         
         Solo si tienes planteada la boda a partir del próximo Julio, ya que si bien el Gobierno aprobó en agosto la ley, esta no entrará en vigor hasta el 15/07/15, tras su trámite parlamentario. Las bodas serán competencia compartida, pudiendo celebrarse ante religioso, concejal, juez o notario, si bien, teniendo en cuenta la experiencia de los países iberoamericanos, las más frecuentes serán las primeras (por motivos de conciencia) y las últimas (por motivos prácticos: se podrá elegir el día y la hora y se pagará la quinta parte que las actuales tasas). A partir de enero o febrero, ya podéis ir empezando a pensar en lo que os conviene. Os conviene ser felices y comer perdices, pero podría ser que en la intimidad del lecho descubrieses que te has casado con la mujer-vampira o con el hombre-lobo. Antes que sufrir copiosas pérdidas de sangre, mejor será que os divorciéis, lo que a partir de los tres meses también podréis hacer ante notario de mutuo acuerdo y siempre que no hayáis engendrado aun vampiritos o lobeznos, en cuyo caso un juez tendrá que entender en la cuestión. Lo mismo regirá para la simple separación matrimonial: el caso es verse libre de sus garras.

         En entradas sucesivas hablaremos de otra serie de medidas de des-judicialización que comportará la nueva ley como las declaraciones de abintestato (cuando no hay testamento); la protocolización de testamentos ológrafos (feitos a man); nombramiento de partidores (en herencias con desacuerdo); consignación de deudas (cuando el casero o el acreedor no quiere cobrar); nombramiento de peritos dirimentes en materia de seguros; reclamación de deudas (dando ejecutividad al título, o sea, que se pueda embargar el sueldo o el piso del deudor); fijación de plazo para el cumplimiento de obligaciones; expedientes mercantiles; procedimiento por robo o destrucción de títulos al portador; subastas; ventas de bienes depositados; etc. Estos expedientes se tramitarán ante notario. En otros casos, como la convocatoria de la Junta General, la constitución del Sindicato de Obligacionistas o el nombramiento de Auditores de las cuentas anuales, se harán ante registrador mercantil. En algunos casos, como la consignación de deudas, habrá alternativa entre hacerla ante notario o ante secretario judicial. Por último, se simplifica notablemente una multiplicidad de procedimientos que seguirán tramitándose en el juzgado. Da la impresión que se pretende agilizar la administración de Justicia en paralelo con lo que se hace en otros países. Veremos.      

jueves, 9 de febrero de 2012

MATRIMONIO Y DIVORCIO ANTE NOTARIO: RESUMIENDO


         Resumiendo los dos anteriores artículos sobre la SITUACION ACTUAL DEL MATRIMONIO Y DIVORCIO en España, y las posibilidades de su reforma en línea con otros países de nuestra cultura, la cosa sería:

         SITUACIÓN ACTUAL DEL MATRIMONIO

         Básicamente, existen dos clases:

         A) MATRIMONIO "BUSINESS CLASS" (para ricos):
         -Se casan el día que quieren, recurriendo a un cura de su confianza.
         -Pactan el “régimen económico-matrimonial” que les conviene (Gananciales, Separación, Participación, Universal), otorgando capitulaciones ante un Notario que les informa sobre las diversas opciones.

         B) MATRIMONIO "CLASE TURISTA" (para clases medias y bajas):
    -Se casan el día que les ordena el concejal o juez correspondiente, normalmente “de lunes a viernes”.
    -Soportan el “régimen económico-matrimonial” que les impone su Comunidad Autónoma, igual para todos. Por ejemplo, hasta ahora los Valencianos se casaban de Gananciales, ahora han decidido cambiarles el régimen supletorio, pasando a ser el de Separación.

         C) MATRIMONIO REFORMADO:
         -Se añade la opción de casarse escogiendo el día y el régimen económico-matrimonial, ante un notario público. Estos funcionarios hacen guardia los sábados.
         -El matrimonio llevará un régimen matrimonial electivo por sistema, extendiéndose el actual “matrimonio business”.
         -El coste de unos capítulos matrimoniales oscila entre los 30 y los 80 euros.
         -No todo es bonito, ya que si esta modalidad fuera muy competitiva, (como así parece en otros países), podría afectar a otras entidades que celebran matrimonios. Jacques no cree que a jueces y concejales les preocupe excesivamente –salvo una queja pro-forma-, aunque si puede crear problemas con la Iglesia católica.

         SITUACIÓN ACTUAL DEL DIVORCIO

         Básicamente existen dos clases:

A)   DIVORCIO "BUSINESS CLASS" (para ricos):
-Pactan ante notario el “contrato de divorcio”, obteniendo seguridad jurídica desde el primer día.

B)   DIVORCIO "CLASE TURISTA" (para clase media y baja):
-Deben esperar meses hasta obtener la “homologación judicial del convenio”, dando lugar a la apertura de discrepancias, en cuyo caso el calvario judicial se prolonga durante años.

C)   DIVORCIO REFORMADO:
-Habiendo acuerdo entre partes el divorcio, con todas sus consecuencias personales, económicas y materiales, puede materializarse en un solo día.
-Problemas: La propia rapidez del sistema, si bien minimiza los costes, puede crear problemas morales al tratarse el matrimonio de una institución de orden público. Así resulta de la experiencia exterior.