viernes, 10 de agosto de 2018

IMPUESTO A LAS VENTAS

Monte Castrove, ayer


Con frecuencia se pregunta si se debe liquidar el Impuesto a las Ventas o Transmisiones (10%; u 8% si es para vivienda; o 4% si se trata de menores de 36 años, dicho grosso modo) por el precio que consta en la escritura o por la valoración virtual de la Xunta (la dan por internet, por ejemplo, en A Coruña, catastral multiplicado por 2,2).

La respuesta es por el que sea superior de ambos valores. Si el precio es inferior al "valor virtual" puedes liquidar el impuesto por el precio, pero deberás ir a una "Tasación pericial contradictoria".

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