lunes, 15 de febrero de 2010

1 PREGUNTA SOBRE EDIFICIOS "FUERA DE ORDENACION" EN A CORUÑA

-Pregunta: ¿Qué SIGNIFICA QUE MI PISO SEA DECLARADO “FUERA DE ORDENACION” EN EL PLAN GENERAL DE A CORUÑA?-Respuesta: Que no le darán hipoteca o será muy baja, haciendo muy difícil su venta.
-¿Por qué?
-Porque lo dice el art. 11 del Decreto 716/2009, al excluirlo del Mercado Hipotecario. Dice así:
Artículo 11. Bienes excluidos.
1. Los bienes que no pueden ser admitidos en garantía para préstamos o créditos hipotecarios que se consideren elegibles de acuerdo con el artículo 3 por no representar un valor suficientemente estable y duradero son los siguientes:
d) Los edificios e instalaciones situadas fuera de ordenación urbana y los terrenos sobre los que se hubieren autorizado obras de carácter provisional, en los términos fijados para uno u otro supuesto en la legislación sobre el suelo o urbanística aplicable, cuando tal circunstancia conste registralmente.

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